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En este sentido, con la finalidad de promover la operación de los Recintos Fiscalizados Estratégicos, el gobierno de Méxicoconsideró conveniente otorgar beneficios fiscales y facilidades administrativas que incentiven la inversión productiva para favorecer el desarrollo y crecimiento de zonas estratégicas.
Por lo anterior,en el Diario Oficial de la Federación publicado el día 30 de noviembre de 2006 se publicó el “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios al régimen aduanero de Recinto Fiscalizado Estratégico”,de donde consideramos importante resaltar los siguientes:
• Estímulo fiscal consistente en una cantidad igual al monto del aprovechamiento del 5% de la totalidad de los ingresos obtenidos por laprestación de servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías a que se refiere la Ley Aduanera, el cual se podrá acreditar contra el monto que se deba pagar contra dicho aprovechamiento; por loque no existiría saldo a cargo de los contribuyentes.
• Para efectos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se considerará exportación de servicios (para efectos de aplicar la tasa del 0%),el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por concepto de elaboración, transformación o reparación de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas.
• No se considerará que unresidente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, derivado de las relaciones de carácter jurídico o económico que mantengan con empresas que destinen mercancías al régimen deRecinto fiscalizado estratégico, siempre que se cumplan con diversos requisitos.
• Estímulo fiscal consistente en una cantidad equivalente a la diferencia del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que...
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