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Manual de Organización y Funciones de las Delegaciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
Acuerdo Ministerial No. 440-2004
Guatemala, 25 de octubre de 2004
El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales
Considerando
Que corresponde al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales crear unidades y dependencias administrativasdel Ministerio, así como administrar sus recursos financieros, humanos y físicos, ejerciendo la potestad de gobierno y en consecuencia disponiendo la actividad de los medios personales y utilización de los medios materiales.
Considerando
Que corresponde al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales asignar funciones permanentes o temporales a funcionarios y empleados o asesores del Ministerio ysus dependencias por su propia iniciativa.
Considerando
Que corresponde al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales establecer delegaciones regionales, departamentales y municipales, por medio de acuerdo Ministerial en que establezca, para cada caso concreto, la competencia territorial y funcional de la delegación respectiva.
Por tanto.
Con base en lo considerado y lo que para elefecto establecen los artículos 194, inciso a) de la Constitución Política de la República, 29 bis, de la Ley del Organismo Ejecutivo; y Artículo 5, 9, 25 y 28 del Reglamento Orgánico Número 186-2001.
Acuerdo, emitir el siguiente:
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LAS DELEGACIONES DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.Objeto. El presente Manual tiene como objeto normar la organización interna y las funciones de las delegaciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, en adelante también llamado Ministerio, conforme lo establece su Reglamento Orgánico Interno.
Artículo 2. Ámbito de Competencia. Las delegaciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, son dependencias del Ministerio distribuidasen toda la República de Guatemala con las funciones y en los niveles que se establecen más adelante.
Artículo 3. Definiciones. Para efectos del presente Manual se entiende por:
Promoción: Impulso de procesos destinados al ordenamiento del territorio, la planificación y gestión ambiental involucrando la participación ciudadana.
Educación: Procesos de educación ambiental a nivel informalen temas de ambiente propios de cada delegación, tendiente a la formación de una conciencia crítica ante los problemas ambientales y cómo prevenirlos, apoyando a las instituciones de educación en la delegación de que se trate, cuando corresponda.
Capacitación: Transmisión de información para la formación en legislación ambiental, manejo de recursos naturales, gestión ambiental y de procesosproductivos amigables con el ambiente.
Prevención: Acciones o estrategias tendientes a evitar la ocurrencia de daños al ambiente promoviendo el cumplimiento de la ley y la adopción de buenas practicas.
Seguimiento: Observación de cumplimiento de instrumentos de evaluación y seguimiento ambiental. Implementación de mecanismos de seguimiento ambiental caracterizados por sistemas de coordinacióninterinstitucional, participación social y descentralización.
Control Ambiental: Diseño y establecimiento de inspecciones, reportes, diagnósticos ambientales departamentales o municipales, así como la preparación y presentación de denuncias ambientales. También lo relativo al diseño de mecanismos de control ambiental de las delegaciones caracterizadas por sistemas de participación ciudadana.Funciones Sustantivas del Ministerio: Funciones asignadas a las Direcciones Generales del Ministerio según el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Artículo 4. Estructura orgánica de las delegaciones. De conformidad con el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio, la delegaciones se clasifican así:...
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