Recupero de libertad fueron penal
Sr. Fiscal de Instrucción
Distrito IV Turno 5°:
GERMANMATHEU, matricula profesional N° 1-36473, CSJN T°504 F°355, con domicilio a todos los efectos procesales en calle Paraguay N° 320 1er Piso Of “12” de esta ciudad, en mi carácter de defensor del imputadoPABLO IVAN BAZAN, ante el Sr Fiscal de Instrucción respetuosamente comparezco y digo:
I) Que habiéndosele atribuido a mi defendido Pablo Iván Bazán, losdelitos de Encubrimiento (art. 277 de C.P, cuya escala penal es de 6 meses a 3 años) y Tenencia de Arma de guerra (art. 189 bis 5to párrafo del C.P., cuya escala penal es de 2 a 6 años), vengo asolicitar al Sr. Fiscal de Instrucción de conformidad a lo establecido en el art. 280 inc. 3° del C.P.P., disponga la recuperación de su libertad, toda vez que no existe merito para dictar la prisiónpreventiva en contra del mismo.
En efecto teniendo en cuenta la naturaleza del hecho, la escala penal conminada en abstracto respecto del ilícito que se leendilga al imputado, la cual sería de acuerdo a las reglas del concurso de delitos del art 55 de nuestro C.P de un mínimo de 2 años, la ausencia de antecedentes penales computables y las demás pautasde mensuración de la pena previstas en los arts. 40 y 41 del C.P., cabe presumir que en caso de recaer condena la misma lo será de ejecución condicional (art. 26 C.P.).-II) Que por otra parte no surge de la causa ningún indicio vehemente que permita inferir que mi defendido tratara de eludir el accionar de la justicia, ni tampoco que entorpecerá lainvestigación (art. 281 inc. 2° “a contrario sensu” C.P.P.). Por lo que en consecuencia no existe riesgo procesal concreto alguno que permita deducir que mi asistido va a eludir el accionar de la...
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