RECURSO ADMINISTRATIVO
EXPEDIENTE: Nº XXX
SUMILLA : RECURSO DE APELACION
SEÑOR GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA.
XXXX, en el Proceso Administrativo – Queja, seguido por XXX, sobre pretendida demolición, a Ud. dice:
Que, dentro del término de ley, interpongo RECURSO DE APELACION contra la RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 122-2007-GM/MDLV de fecha 11 de Setiembre del2007 que Declara INFUNDADA el Recurso de Reconsideración Nº 1336-06-ALC/MDLV, por ante el Superior Jerárquico en donde espero lograr su REVOCATORIA, y consecuentemente se declare INFUNDADA la Queja interpuesta de acuerdo a los siguientes considerandos.
FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO: Que, la Resolución Gerencial Nº 122-2007-GM/MDLV de fecha 11 de Setiembre del 2007 se sustenta en unainterpretación totalmente errónea, y manifiestamente temeraria, ya que las pruebas adjuntadas en autos, no han debidamente analizadas conforme detallaré precedentemente; y que además de manera negligente no se ha tenido en cuenta los fundamentos de mi escrito de fecha 20 de Febrero del 2007, en la cual adjunto COPIA DE LA ESCRITURA PUBLICA DE INDEPENDIZACION Y REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMIO, de propiedadhorizontal que otorga la INMOBILIARIA SAN RAFAEL S.A. de fecha 18 de Junio de 1987 por ante la Notaria ALEJANDRO MURGIA CAVERO, así como los planos de independización del primer piso, no ha sido adjuntado físicamente al expediente materia de apelación.
SEGUNDO: Que, antes de precisar los considerandos del Recurso de Apelación; debo de ratificarme en todos los extremos de mi escrito de fecha 22DE ENERO DEL 2007, en la cual “AMPLIO LOS FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE RECONSIDERACION”, en donde de manera detallada y con medios probatorios contundentes, se solicita la reconsideración de la Resolución Nº 1336-06-ALC/MDLV de fecha 18 de Setiembre del 2006, que ordena la “demolición de la construcción antirreglamentaria de material noble de 2.12 m. por 3.00 m2”; por no estar debidamente motivadaen sus considerandos y consecuentemente ser violatoria a mi derecho de propiedad.
TERCERO: Que, la Resolución Gerencial Nº 122-2007-GM-MDLV del 11 de Setiembre del 2007, esta plagada de incongruencias, y de manera absurda, atenta mis derechos constitucionales consagrados en el Art. 139 Inc. 1 de la Constitución Política del Estado que señala la Unidad y exclusividad de la funciónjurisdiccional, por lo tanto so pretexto de una queja infame se pretende demoler una pared medianera que fue materia de juicio conforme se advierte en autos, y que detallaré oportunamente; sin embargo debo de advertir que la Resolución materia de apelación no se encuentra debidamente fundamentada, como tampoco ha valorado de manera objetiva las pruebas adjuntadas en su conjunto de manera razonada conforme loestablece el Art. 197 del Código Procesal Civil, sino únicamente la Resolución Gerencial se ha basado en seudos informes técnicos elaborados de manera dolosa por funcionarios que con anuencia de la Gerencia de Asesoría Jurídica, pretenden confirmar la Resolución Nº 1336-2006-ALC-MDLV, de fecha 18 de Setiembre del 2006, sin haber tenido en cuenta los medios probatorios adjuntados.
A. Que,efectivamente la Resolución de Alcaldía Nº 1336-06-ALC-MDLV, que declara procedente la queja presentada por el Quejoso CARLOS GUEVARA ESTELA, propietario del bien inmueble ubicado en el Jr. Antonio Bazo Nº 840, ordenando que el recurrente propietario del bien inmueble ubicado en el Pasaje Sebastián Barranca Nº 141, proceda a la demolición “de la construcción antirreglamentaria de material noble de2.12 m. por 3.00 m2. Que viene ocupando un area por el lado izquierdo de 0.45 cm. Por el frente con 3.10 m.l. y por la derecha con 0.70 cm.”, atenta mis derechos de propiedad.
Que, al respecto debemos de precisar que conforme obra en autos a fojas 70-91, el expedientillo de la Demanda de Reivindicación seguida por el Quejoso CARLOS GUEVARA ESTELA contra la Sra. EUSEBIA NAVARRO TIPE por ante el...
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