Recurso De Amparo INDH Temucuicui 25 07 2012
Política, a favor de M.M.Q., de 13 años, Jacinto Marín Marín, 18 años, L.M., 17 años y
F.L.N., de 17 años, conforme a los argumentos de hecho y derecho que a continuación
paso a exponer:
I.
LOS HECHOS
I.1 Contexto en que se producen los hechos:
El Instituto Nacional de Derechos Humanos manifestó en su InformeAnual sobre la
situación de Derechos Humanos del 2011, su preocupación por la vulneración de derechos
de niños, niñas y adolescentes, en el contexto del conflicto generado en la zona de la
Araucanía, en el marco de las reivindicaciones de tierras del pueblo mapuche. Esta
vulneración se ha producido por un uso desmedido de la fuerza por parte de funcionarios
policiales y ha impactado sobre losderechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes
de comunidades indígenas en conflicto. Por este motivo, el Instituto Nacional de Derechos
Humanos se ha hecho parte de dos recursos de amparo presentados por la Defensoría
Penal Pública Mapuche ante esta I. Corte, los cuales fueron acogidos.
El 5 de enero de 2012, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó el fallo de la I.
Corte de Apelacionesde Temuco, que acogió el recurso de amparo interpuesto por la
Defensoría Penal Mapuche a favor del niño F.M.M. de la Comunidad Mapuche de
Temuicuicui, quien a pesar de ser menor de 14 años fue detenido en un allanamiento en
la comunidad de Temucuicui. En su fallo, S.S. I. señaló que “la detención
del menor
Felipe Marillán Morales, en el contexto antes señalado, vulnera las normas de laConvención Internacional de Derechos del Niño, especialmente lo dispuesto en los
artículos 6.2 y 16.1, disposiciones que imponen a los Estados partes la obligación de
garantizar la ‘supervivencia y desarrollo de los niños y evitar injerencias arbitrarias o
ilegales en su familia y domicilio’, situación que precisamente ha ocurrido en el presente
caso”.(Sentencia CA Temuco Rol 1136-2011, de 21 de diciembrede 2011).1
Posteriormente, el 5 de julio de 2012, la I. Corte de Apelaciones de Temuco acogió un
recurso de amparo presentado la Defensoría Penal Pública Mapuche, a favor de los
1
La Corte Suprema confirmó este fallo en S.C.S. Rol 35-2012 de 5 de enero de 2012.
miembros del Lof Wente Winkul Mapu, “únicamente en cuanto se reitera, lo yaordenado
por este Iltmo. Tribunal con fecha 21 de Diciembre de 2011, en los autos Rol Nº 11362011, en cuanto a que la Prefectura de Carabineros Malleco deberá efectuar los
procedimiento policiales en dicho sector con estricta sujeción a la normativa constitucional
y legal vigente, teniendo una especial consideración respecto de los menores de edad”.
Apelado el fallo por la Defensoría PenalPública Mapuche, el Instituto Nacional de
Derechos Humanos y el apoderado del recurrido, Coronel de Carabineros y Prefecto de la
Prefectura de Carabineros Malleco N° 21, don Iván Ismael Vega Rodríguez, la Excma
Corte, confirmó el fallo, con declaración de “que la acción constitucional de amparo queda
acogida en el sentido de que la actuación de la policía para la detención de Erick Montoya
Montoya, enlo que respecta a los otros comuneros recurrentes, fue efectuada fuera del
marco de la orden judicial dada para este fin y afectó las garantías de la libertad personal
y seguridad personal de éstos, manteniéndose en lo demás la orden dada a la misma
fuerza pública por la resolución recurrida”2.
La gravedad de los hechos descritos en los fallos anteriores, exigen que el Estado chileno,
encumplimiento a los deberes de protección y garantía consagrados en el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos, adopte todas las medidas que estén a su alcance
para garantizar la no repetición de hechos como los denunciados (art. 1.1 Convención
Americana de Derechos Humanos). No obstante, esta vez en las afueras del Hospital de
Collipulli, nuevamente el accionar policial afectó derechos y garantías...
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