Recurso de reclamacion
Recurso de reclamación, de apelación y queja en materia tributaria
De manera reiterada he recibido consultas de algunas personas quedesean saber qué diferencia un recurso de reclamación de una apelación, o en qué casos se plantea una queja o qué es una apelación de puro derecho. Si bien para los enterados de esta materia podríaparecer una información totalmente básica, para gran sector de los contribuyentes resulta todo un enigma. Por ello, en las líneas siguientes detallo cada uno de estos procedimientos tributarios.Recurso de Reclamación:
Este medio impugnatorio se presenta ante la misma entidad que emitió el acto administrativo con el cual no se está de acuerdo. Son actos reclamables los siguientes:
- Laresolución de Determinación (luego de una fiscalización), la Orden de Pago y la Resolución de Multa.
- La resolución ficta sobre recursos no contenciosos (solicitud de prescripción, de compensación porejemplo)
- Las resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, asícomo las resoluciones que las sustituyan
- Las resoluciones que resuelvan las solicitudes de devolución y aquéllas que determinan la pérdida del fraccionamiento de carácter general o particular
Elplazo para la presentación del recurso de reclamación es de 20 días hábiles contados a partir de la notificación de alguno de los actos administrativos detallados precedentemente. En el caso deresoluciones que disponen el cierre de local o el comiso de bienes, el plazo para presentar la reclamación es de 5 días hábiles.
Una vez transcurrido el plazo para presentar la reclamación éste puede serinterpuesto, siempre y cuando se cancele la deuda o se garantice mediante carta fianza.
El recurso de reclamación deberá contener escrito fundamentado, autorizado por letrado, llevar adjunto la...
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