recurso de reconsideracion
RECURSO DE RECONSIDERACION
El recurso de reconsideración se encuentra fundamentado en el artículo 39 de la ley federal de competencia económica.
Articulo39.Contra las resoluciones dictadaspor la Comisión con fundamento en esta Ley, se podrá interponer, ante la propia Comisión, recurso de reconsideración, dentro del plazo de treinta días siguientes a la fecha de su notificación.
Elrecurso de reconsideración tiene por objeto revocar, modificar o confirmar la resolución reclamada y los fallos que se dicten contendrán la fijación del acto impugnado, los fundamentos legales en quese apoye y los puntos de resolución. El Reglamento de la presente Ley establecerá los términos y requisitos para la tramitación y sustanciación del recurso.
La interposición del recurso se harámediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión, en el que se deberá expresar el nombre y domicilio del recurrente y los agravios, acompañándose los elementos de prueba que se considerennecesarios, así como las constancias que acrediten la personalidad del promovente.
La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución impugnada. Cuando se trate de la suspensión de lassanciones a que se refieren las fracciones I y II del artículo 35 y se pueda ocasionar daño o perjuicio a terceros, la suspensión se concederá si el promovente otorga garantía bastante para repararel daño e indemnizar los perjuicios si no obtiene resolución favorable.
La Comisión dictará resolución y la notificará en un término que no excederá de 60 días contados a partir de la fecha en quese haya interpuesto el recurso. El silencio de la Comisión significará que se ha confirmado el acto impugnado.
El juicio ordinario administrativo ante los Juzgados de Distrito y Tribunalesespecializados en materia de competencia económica procede contra resoluciones consistentes en actos decisorios terminales dentro de la etapa generadora del acto administrativo.
En el caso de las...
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