Recurso De Revocacion
Este principio se refiere a que en el dictado de un acto o decisión administrativa, la administración pública haya agotado todos los medios para investigar los hechos que determinan tal accionar y que estos hechos se adecuen a lo que realmente aconteció, estableciendo una adecuada relación entre la norma y los hechos.
El principio de la legalidad objetiva esla aplicación razonada y jerárquica de los grandes principios jurídicos, tales como el de razonabilidad o justicia natural, ambos de nivel constitucional y supranacional, por encima de los frecuentes desvaríos de la norma reglamentaria o del acto o comportamiento administrativo.
Este principio se encuentra claramente previsto en el artículo 132 del Código Fiscal de la Federación al estableceren su segundo párrafo lo siguiente:
“La autoridad podrá corregir los errores que advierta en la cita de los preceptos que se consideren violados… Igualmente podrá revocar los actos administrativos cuando advierta una ilegalidad manifiesta y los agravios sean insuficientes, pero deberá fundar cuidadosamente los motivos por los que consideró ilegal el acto y precisar el alcance de suresolución”.
Lo que se busca con este principio es la verdad material, el conocimiento de la realidad. No es posible que la administración se quede con el mero estudio de las actuaciones, sino que debe buscar los medios por los cuales, al momento del dictado de la decisión, se conozcan todas aquellas cuestiones que permitan el conocimiento exacto o lo más próximo a los hechos.
PRINCIPIO DEOFICIALIDAD
El procedimiento administrativo debe ser impulsado de oficio por la administración pública, puesto que dicho procedimiento no sólo debe representar una garantía para los administrados, sino una regla de buena administración de los intereses públicos. Así tenemos que la autoridad debe realizar todos los actos necesarios para integrar el expediente a fin de dictar resolución.
Esteprincipio de manera superficial se señala en el artículo 130, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, de la siguiente forma:
“En el recurso de revocación se admitirá toda clase de pruebas, excepto la testimonial y la de confesión de las autoridades mediante absolución de posiciones. No se considerará comprendida en esta prohibición la petición de informes a las autoridadesfiscales, respecto de hechos que consten en sus expedientes o de documentos agregados a ellos”.
Tal disposición deja entrever la facultad que tiene la autoridad fiscal resolutora del recurso de pedir oficiosamente informes a las autoridades fiscales que emitieron el acto impugnado o que tienen relación con él.
Es decir, en aplicación del principio de oficialidad el órgano administrativo impulsaráel procedimiento en todos sus trámites, ordenando los actos de instrucción adecuados. Dicho principio supone, no solamente la impulsión de oficio, sino también la instrucción de oficio.
Corresponde a la autoridad administrativa la adopción de los recaudos conducentes a su impulsión, hasta el dictado del acto final y, asimismo, el desarrollo de la actividad necesaria para obtener las pruebaspertinentes para su adecuada resolución.
La carga de la prueba recae así sobre la administración y si la prueba ya aportada al expediente no satisface al funcionario, le corresponde producir o hacer producir los informes, dictámenes, pericias, etcétera, que a su juicio resulten necesarios para llegar a la verdad material.
La administración pública y sus órganos tienen la obligación yresponsabilidad de dirigir el procedimiento administrativo y ordenar que en él se practiquen cuantas diligencias sean necesarias para dictar el acto o resolución final, independientemente que el mismo se inicie de oficio a petición o gestión del interesado.
Aunque, muchas veces, si bien la teoría jurídica indica la aplicación del principio de la impulsión de oficio, la práctica es en verdad la impulsión...
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