Recursos Revocación Vs aplicación del Art. 22 Fracción VII CPC de Tamaulipas

Páginas: 5 (1064 palabras) Publicado: 22 de abril de 2013
FOLIO xxxxxxx

C. JUEZ xxxxxxxxxx.
PRESENTE:

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, promoviendo dentro del Legajo de folio al rubro identificado, Recurso de Revocación, en términos del artículo 914 y 915 del Código de Procedimientos Civiles para Tamaulipas, contra el auto de fecha xx de xxxxx del xxxx, ante usted comparezco a exponer:
El motivo de la inconformidad es la prevención, consistente enla obligación que me impone el tribunal de observar el artículo 22 Fracción VII del Código de Procedimientos Civiles del Estado para dar trámite a mi demanda, esto es, que mi escrito de demanda sea firmada solidariamente por un abogado, bajo pena de desecharla de plano en caso de incumplimiento en el plazo de tres días.
Tal apercibimiento en la prevención y ésta misma, no tienen razón de ser:PRIMERO.- Lo prescrito en la fracción VII del artículo 22 del Código de Procedimientos Civiles es una norma imperfecta porque no contiene una sanción procesal, y el eventual desechamiento de la demanda, sería pues indebido.
SEGUNDO.- Es una norma inconstitucional dado que pugna con el artículo 17 de nuestra Carta Magna, respecto al libre acceso a la justicia. Entonces, condicionar la tutelajurisdiccional al patrocino de un abogado en obediencia a una ley secundaria, es quebrantar deliberadamente el principio de supremacía constitucional.
TERCERO.- La tutela jurisdiccional o acceso a la justicia es un derecho humano y como tal, todos los órganos jurisdiccionales están obligados a protegerla y otorgarla. Bajo esta premisa, al tratarse de un derecho elemental del ser humano, el plenode la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha autorizado en esos casos el control difuso de la Constitución, por lo que bien es dable a este tribunal no aplicar la norma motivo de este recurso.
En la tesis P. LXVII/2011, el máximo tribunal ha sustentado que todos los juzgadores se encuentran obligadas a velar no sólo por los derechos humanos contenidos en la Constitución Federal, sino tambiénpor aquellos contenidos en los instrumentos internacionales celebrados por el Estado Mexicano, adoptando la interpretación más favorable al derecho humano de que se trate, lo que se conoce en la doctrina como principio pro persona, como es visible en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, de número IUS 160589, localizable del Libro III, de Diciembre de 2011, tomo I, pagina 535,de rubro y texto siguiente:
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO EN UN MODELO DE CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD.

De conformidad con lo previsto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades del país, dentro del ámbito de sus competencias, se encuentran obligadas a velar no sólo por los derechos humanos contenidos en laConstitución Federal, sino también por aquellos contenidos en los instrumentos internacionales celebrados por el Estado Mexicano, adoptando la interpretación más favorable al derecho humano de que se trate, lo que se conoce en la doctrina como principio pro persona. Estos mandatos contenidos en el artículo 1o. constitucional, reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 10 dejunio de 2011, deben interpretarse junto con lo establecido por el diverso 133 para determinar el marco dentro del que debe realizarse el control de convencionalidad ex officio en materia de derechos humanos a cargo del Poder Judicial, el que deberá adecuarse al modelo de control de constitucionalidad existente en nuestro país. Es en la función jurisdiccional, como está indicado en la últimaparte del artículo 133 en relación con el artículo 1o. constitucionales, en donde los jueces están obligados a preferir los derechos humanos contenidos en la Constitución y en los tratados internacionales, aun a pesar de las disposiciones en contrario que se encuentren en cualquier norma inferior. Si bien los jueces no pueden hacer una declaración general sobre la invalidez o expulsar del orden...
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