Recursos
Procede el recurso de revisión:I.- Contra las resoluciones de los jueces de Distrito o del superior del Tribunal responsable, en su caso, que desechen o tengan por no interpuesta una demanda de amparo;II.- Contra las resoluciones de los jueces de Distrito o del superior del Tribunal responsable, en su caso, en las cuales:a) Concedan o nieguen la suspensióndefinitiva;b) Modifiquen o revoquen el auto en que concedan o nieguen la suspensión definitiva; yc) Nieguen la revocación o modificación a que se refiere el inciso anterior;III.- Contra los autos de sobreseimiento y las interlocutorias que se dicten en los incidentes de reposición de autos;IV.- Contra las sentencias dictadas en la audiencia constitucional por los jueces de Distrito, o por el superiordel tribunal responsable, en los casos a que se refiere el artículo 37 de esta Ley. Al recurrirse tales sentencias deberán, en su caso, impugnarse los acuerdos pronunciados en la citada audiencia.*Contra las resoluciones que en materia de amparo directo pronuncien los Tribunales Colegiados de Circuito, cuando decidan sobre la constitucionalidad de leyes federales locales, tratados internacionales,reglamentos expedidos por el Presidente de la República de acuerdo con la fracción I del artículo 89 constitucional y reglamentos de leyes locales expedidos por los gobernadores de los Estados, o cuando establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución. El recurso se limitará, exclusivamente, a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprenderotras. En todos los casos a que se refiere este artículo, la parte que obtuvo resolución favorable a sus intereses, puede adherirse a la revisión interpuesta por el recurrente, dentro del término de cinco días,contados a partir de la fecha en que se le notifique la admisión del recurso, expresando los agravios correspondientes; en este caso, la adhesión al recurso sigue la suerte procesal deéste.*Son competentes los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer del recurso deRevisión*El recurso de revisión se interpondrá por conducto del juez de Distrito, de la autoridad que conozca del juicio, o del Tribunal Colegiado de Circuito en los casos de amparo directo. *El término para la interposición del recurso será de diez días, contados desde el siguiente al en que surta sus efectos lanotificación de la resolución recurrida. La interposición del recurso, en forma directa, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación o ante el Tribunal Colegiado de Circuito, según corresponda, no interrumpirá el transcurso del término a que se refiere el párrafo anterior.*El recurso de revisión se interpondrá por escrito, en el cual el recurrente expresará losagravios que le cause la resolución osentencia impugnada.*El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o el Tribunal Colegiado de Circuito, según corresponda, calificará la procedencia del recurso de revisión, admitiéndolo o desechándolo. | El recurso de queja es procedente:I.- Contra los autos dictados por los jueces de Distrito o por el superior del tribunal a quien se impute la violación reclamada, en que admitandemandas notoriamente improcedentes;II.- Contra las autoridades responsables, en los casos a que se refiere el artículo 107, fracción VII de la Constitución Federal, por exceso o defecto en la ejecución del auto en que se haya concedido al quejoso la suspensión provisional o definitiva del acto reclamado;III.- Contra las mismas autoridades, por falta de cumplimiento del auto en que se haya concedidoal quejoso su libertad bajo caución conforme al artículo 136 de esta ley;IV.- Contra las mismas autoridades, por exceso o defecto en la ejecución de la sentencia dictada en los casos a que se refiere el artículo 107, fracciones VII y IX, de la Constitución Federal, en que se haya concedido al quejoso el amparo;V.- Contra las resoluciones que dicten los jueces de Distrito, el Tribunal que conozca...
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