Reflexiones Sobre La Reforma Del Estado
Sobre la Reforma o Transformación del Estado, la vigencia de la Constitución y el Estado de Derecho
Dr. Eduardo Lust Hitta *
“Así como el arquitecto, antes de construir un edificio, comienza por examinar y asentar el suelo, a fin de ver si puede sostenerlo, el legislador no comienza por redactar leyes sabias por si misma, sino que antes debe analizar si el pueblo al cual las destinará, escapaz de soportarlas Los Estados como los hombres son dóciles en su juventud, al llegar a la vejez devienen incorregibles, una vez arraigadas las costumbres es empresa peligrosa y a veces vana su reforma……………….” J. J. Rousseau- Pág. 64 - El Contrato Social. Editorial Alba-Madrid-1996.”
I) Introducción.1) J. J. Rousseau , expresa con su brillante escritura, en la pagina 21 de esa extraordinariay vigente obra política-filosófica , “ El Contrato Social”, editorial Alba Madrid, 1996, que le preguntaron si “ era Principie o Legislador para escribir sobre política “, a lo que contestó : “ no,… y es precisamente por ello que escribo...,si fuera príncipe o legislador no perdería tiempo en escribir, simplemente lo haría o me callaría”.Por supuesto lejos estoy de ese maestro del conocimientouniversal, cada vez mas me sitúo en una situación definida por un amigo de la adolescencia en Paysandú, cada vez que salíamos de la clase de Filosofía en épocas de secundaria, me decía,” no hay caso, somos un insignificante fideo, flotando en el infinito caldo de la ignorancia”, extraordinario sin duda y muy acertado.Volviendo al tema, las reflexiones que a continuación comparto, con los que tenganla disposición, paciencia y el tiempo para leerlas, están animadas por la inquietud, de expresar y realizar un pequeño aporte a un tema de actualidad en la política y en la sociedad, desde una visión jurídica-constitucional.Es precisamente desdé este último punto de vista que incursiono en el tema desde una óptica jurídica- constitucionalista y nada más.2) Soy Docente en la Facultad de Derecho dela Universidad de la República, de Derecho Público I (D. Constitucional) y D. Público III (Asignatura compuesta por el D. Constitucional y el D. Administrativo), y por lo tanto no tengo mas credenciales para escribir sobre este tema que me auto-convoca, incursionado sobre esas dos ramas del derecho, sin recorrer materias ajenas al ellas.* Prof. Adjunto Grado III D. Publico I y Público III, Facultadde Derecho-Universidad de la República y miembro de la Comisión Nacional del Servicio Civil de la Oficina Nacional del Servicio Civil-2005-2010.-.
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También quiero decir aunque parezca obvio, que estas líneas constituyen una opinión absolutamente personal, y seguramente equivocada., por lo que diré mas adelante, pero reflejan el pensamiento jurídico, analizado con las enseñanzas que desdehace años recibimos, y desde hace años trasmitimos en las aulas de nuestra Facultad. En virtud de la gran proliferación de artículos sobre esta materia, me permito especificar que el mismo está redactado con la misma postura, que surge de una sentencia, del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno, ( número 265/2007) , redactada por el Dr William Corujo Guardia , cuya lectura me atrevo arecomendar, sobre el concepto, contenido y alcance del instituto de la “legitima defensa” , que iniciaba la misma señalando :“ Se irá, verticalmente a la revocatoria de la sentencia cuestionada, sin soberbia y con humildad”, recojo este último, pensamiento ,“ sin soberbia y con humildad”, con ese sentido están escritas esta líneas. Finalmente expreso, que el mismo ,sin perjuicio de no ser original,se motiva en una exposición del Profesor Emerito de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Dr. José Anibal Cagnoni, a quien rindo expreso reconocimiento con el presenta, hace algunos años atrás, en la Sala Maggiolo de la Universidad de la República, en oportunidad de presentar el libro, en el que tuvimos el honor de participar, en homenaje al Profesor Barbe Pérez, en la cual...
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