Reforma Al Art. 16 Constitucional

Páginas: 7 (1681 palabras) Publicado: 21 de septiembre de 2011
ART.16 CONSTITUCIONAL
ANTES DE LA REFORMA EN MATERIA PENAL 2008 | DESPUES DE LA REFORMA EN MATERIA PENAL 2008 |
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sinoen virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento.Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales,al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
(adicionado mediante decreto publicado enel diario oficial de la federación el 1 de junio de 2009) No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten el cuerpo del delito y que hagan probable la responsabilidad delindiciado.La autoridad que ejecute unaorden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.En los casos de delito flagrante, cualquier persona puede detener al indiciado poniéndolo sin demoraa disposición de la autoridad inmediata y ésta, con la misma prontitud, a la del MinisterioPúblico.Sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgofundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se puedaocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios quemotiven su proceder.En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberáinmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por cuarenta y ocho horas, plazoen que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podráduplicarseen aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penalEn toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que sebuscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia,levantándose al concluirla, un actacircunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atentecontra la libertad y privacía de las mismas. Exclusivamente la autoridad judicial federal, apetición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente, por escrito, deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridadjudicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil,civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.Las intervenciones autorizadas se ajustarán a los requisitos y límites previstos en las leyes. Los resultados de las intervenciones que no cumplan con éstos, carecerán de todo...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Interpretacion del Art. 16 constitucional
  • Analisis Art 16 Constitucional
  • Analisis de las reformas al art. 16 constitucional
  • Reformas al art. 27 constitucional
  • Reformas art 3° Constitucional
  • Reformas al art. 83 constitucional
  • Reforma Al Art 35 Constitucional
  • Art. 16 Constitucional. Concepto de invalidez.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS