Reforma de la ley 24660 - capitulo viii
• Publicado por Profesiones ON-LINE el agosto 29, 2011 a las 10:59am en Abogacia
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Con fecha 29 de Agosto de 2011, se publicó en el Boletín Oficial (BO) la Ley 26695 EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD | Modifícase la Ley N° 24.660.
[pic]La misma establece:Sustitúyase el capítulo VIII, artículos 133 a 142, de la ley 24.660 por el siguiente:
Artículo 133: Derecho a la educación. Todas las personas privadas de su libertad tienen derecho a laeducación pública. El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad indelegable de proveer prioritariamente a una educación integral, permanente y de calidadpara todas las personas privadas de su libertad en sus jurisdicciones, garantizando la igualdad y gratuidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones nogubernamentales y de las familias...Continuar Leyendo
Artículos Originales Ley 24660 |
EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD
Educación
ARTICULO 133. — Desde su ingreso se asegurará alinterno el ejercicio de su derecho de aprender, adoptándose las medidas necesarias para mantener, fomentar y mejorar su educación e instrucción.
ARTICULO 134. — La enseñanza será preponderantementeformativa, procurando que el interno comprenda sus deberes y las normas que regulan la convivencia en sociedad.
ARTICULO 135. — Se impartirá enseñanza obligatoria a los internos analfabetos y aquienes no hubieren alcanzado el nivel mínimo fijado por la ley. El director del establecimiento podrá eximir de esta obligación a quienes carecieren de suficientes aptitudes intelectuales. En estos casos,los internos recibirán instrucción adecuada, utilizando métodos especiales de enseñanza.
ARTICULO 136. — Los planes de enseñanza corresponderán al sistema de educación pública para que el...
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