Reforma decreto 01 de 1984
En cuanto a los derechos de las personas, en el derecho de petición la ley 1437/11, faculta aún más a las personas para que puedan exigir a la administración rendircuenta de su actuación, se le brindan más garantías y valoración a las personas para que conozcan el procedimientos, sus derechos, garantizarles la respuesta por parte de la administración, aquí ellegislador amplió la cobertura de los derechos de las personas para conocer sobre la actuación de la administración, una anotación importante, toda solicitud que presenten las personas a las autoridades (asíno lo digan expresamente) se entiende realizada en ejercicio de este derecho.
Es importante anotar, que cuando la administración proceda de oficio, los procedimientos administrativos únicamentepodrán iniciarse mediante escrito, y por medio electrónico cuando lo establezca en el código y la ley. Las autoridades podrán decretar la práctica de audiencias en el curso de las actuaciones con el objetode promover la participación ciudadana, asegurar el derecho de contradicción, o contribuir a la pronta adopción de decisiones. De toda audiencia se dejará constancia de lo acontecido en ella.
Siuna actuación de contenido particular advierta que puede tener efectos o repercusiones en terceros, la administración deberá comunicarles sobre la actuación para que éstos puedan hacer valer sus...
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