REFORMA EDUCATIVA
LEY 30 DE 1992
La Educación Superior en Colombia está reglamentada por la Ley 30 de 1992. Esta Ley señala que “La educación
superior es un proceso permanente que posibilita el desarrollo de las potencialidades del ser humano de una
manera integral. Se realiza con posterioridad a la educación media o secundaria y tiene por objeto el pleno
desarrollo de los alumnos y su formación académica o profesional”..
Por razón de su origen, las Instituciones de Educación Superior se clasifican en: estatales u oficiales, privadas y
de economía solidaria. La Ley 30 autoriza a las Instituciones de Educación Superior para definir y organizar
labores de formación, académicas, docentes científicas y culturales, les permite otorgar los títulos
correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir estudiantes y adoptar su sistema de organización.
Además establece:
● Los fundamentos de la educación superior (sus principios, objetivos, campos de acción y programas
académicos)
● Títulos y exámenes de estado
●Autonomía de las Instituciones de educación superior.
● Creación del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), de carácter permanente, como organismo
del Gobierno Nacional vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con funciones de coordinación,
planificación,recomendación y asesoría.
● Establece funciones y organización del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES)
● Sanciones por incumpliento.
● La creación del Sistema Nacional de Acreditación para las instituciones de Educación Superior
● Organización y elección de directivas, personal docente y administrativo
● Creación del Sistema de Universidades del Estado, entre otros.
10.000 BECAS:
El gobierno del presidente Santos en el mes de octubre anunció que entregaría 10.000 becas para educación
superior a estudiantes de bajos que recursos,que obtengan los mejores resultados en las pruebas saber 11, becas
que inicialmente se entregan con crédito con el icetex que no pedirá codeudor, pero se condonará el 100% es
decir los estudiantes beneficiados no tendrían que pagar un solo peso con la única condición de graduarse, además incluiría otros beneficios como costos de fotocopias y transportes.
REQUISITOS:
● Tener un puntaje superior a 310 en la pruebas saber. 11
● Estar afiliado al sisben con puntajes entre 47,99 a 57,21 en las 14 principales ciudades del país en
zonas rurales 32,98 a 40,75 y en otras cabeceras 44,7 a 56,32.
●El aspirante a la beca deberá certificar que fue admitido en la universidad.
ESCALAFÓN DE MAESTROS y PRUEBAS:
El decreto Ley 1278 2002 consagra la evaluación de competencias como mecanismo que mide la actuación
exitosa realizada por los docente y directivos oficiales, con el fin de lograr su ascenso de grado en el escalafón o
su cambio de nivel en el mismo grado,la evaluación de docentes se encuentra reglamentada por el decreto 2715 de 2009 cuyo artículo 6 señala que es obligación del ministerio de educación nacional establecer los criterios
para el diseño,construcción y aplicación de la pruebas así como definir anualmente el cronograma.
Requisitos para el ascenso en el escalafón:
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Los docentes deberán tener un puntaje superior al 80% en la evaluación para poder acceder al ascenso de grado o reubicación de nivel salarial en el escalafón o cambiar de nivel en el mismo.
Estar nombrado en propiedad y estar inscrito en el escalafón de docentes.
Haber cumplido tres años de servicio a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba.
Haber obtenido una calificación mínima del 60% en la evaluación ordinaria de desempeño anual durante ...
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