Reforma laboral 2012
Indemnización de 20 días por año trabajado para un máximo de de 12 mensualidades para todos los trabajadores.
Causa por despido procedente:
• Cuando hayapérdidas actuales o previstas o por la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas durante 3 trimestres consecutivos.
• Por faltas de asistencia del trabajador, aún justificadas perointermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
Despidos Improcedentes:
Laindemnización pasa a 33 días por año trabajado para un máximo de 24 mensualidades a partir de febrero de 2012, y de 45 días por año trabajado y hasta un máximo de 42 mensualidades acumulables hasta el 13 defebrero de 2012.
Condiciones laborales:
Los empresarios podrán modificar las condiciones de trabajo por cuestiones económicas, técnicas, organizativas o de organización competitividad oproductividad.
Esto se traduce en cambios de horarios, turnos y “cuantía salarial, de no aceptar las nuevas condiciones pueden rescindir el contrato con indemnización de 20 días por año con un máximo de9 meses.
Convenios colectivos:
Desaparición de la prórroga indefinida de los convenios colectivos, habrá 2 años de plazo para renegociar uno nuevo o el convenio desaparecerá, pasando aestar regidos por el convenio de sector o por la ley general (el estatuto de los trabajadores)
Se da la posibilidad de que los empresarios se “descuelguen” del convenio colectivo de ámbito superiorpor causas económicas si no hay acuerdo se decidirá por arbitraje.
Los convenios de empresa prevalecerán sobre los convenios sectoriales.
Expedientes de Regulación Empleo(ERE)
Se podránrealizar EREs en organismos y entidades dependientes de la administración por cuestiones económicas, organizativas, técnicas o de producción. Parece que solo se aplica el personal laboral.
Las...
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