Reforma_Tributaria_Observaciones

Páginas: 10 (2387 palabras) Publicado: 11 de diciembre de 2015
Ley 1607 de 2012 – Reforma Tributaria
Aspectos a tener en cuenta en la aplicación de Recursos Humanos Queryx 7 y Queryx*SRH®



ARTÍCULO 3°. Modifíquese el artículo 126-1 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:


ARTÍCULO 126-1. Deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación e invalidez y fondos de cesantías.
“Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios,son deducibles las contribuciones que efectúen las entidades patrocinadoras o empleadoras, a los fondos de pensiones de jubilación e invalidez y de cesantías. Los aportes del empleador a dichos fondos serán deducibles en la misma vigencia fiscal en que se realicen. Los aportes del empleador a los seguros privados de pensiones y a los fondos de pensiones voluntarias, serán deducibles hasta por tresmil ochocientas (3.800) UVT por empleado.
El monto obligatorio de los aportes que haga el trabajador, el empleador o el partícipe independiente, al fondo de pensiones de jubilación o invalidez, no hará parte de la base para aplicar la retención en la fuente por salarios y será considerado como una renta exenta en el año de su percepción.
Los aportes voluntarios que haga el trabajador, el empleador,o los aportes del partícipe independiente a los seguros privados de pensiones, a los fondos de pensiones voluntarias y obligatorias, administrados por las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente y serán considerados como una renta exenta, hasta una suma que adicionada al valor de los aportes a las cuentasde ahorro para el fomento de la construcción “AFC” de que trata el artículo 126-4 de este Estatuto y al valor de los aportes obligatorios del trabajador, de que trata el inciso anterior, no exceda del treinta por ciento (30%) del ingreso laboral o ingreso tributario del año, según el caso, y hasta un monto máximo de tres mil ochocientas (3.800) UVT por año”.


Cambio en la aplicación:

Se crearáel tope de 3800 Uvt’s por año para los aportes voluntarios de pensión el cual será referenciado por las formulaciones de los conceptos de retención en la fuente.
Aplica también para los aportes de AFC’s ( Artículo 4 )




Pendiente por aclarar:

En esta normativa se da a los aportes de pensiones voluntarias el tratamiento de renta exenta; en la norma anterior se consideraban como uningreso no constitutivo de renta. Aplica también para los aportes de AFC’s ( Artículo 4 )

Incidencia de este tope en el proceso de recálculo ( segundo semestre de 2013 ? )


Fecha de vigencia:

Enero de 2013.



ARTÍCULO 4. Modifíquese el artículo 126-4 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 126-4. Incentivo al ahorro de largo plazo para el fomento de la construcción. Las sumas quelos contribuyentes personas naturales depositen en las cuentas de ahorro denominadas “ahorro para el fomento a la construcción, AFC” a partir del 01 de enero de 2013, no formarán parte de la base de retención en la fuente del contribuyente persona natural, y tendrán el carácter de rentas exentas del impuesto sobre la renta y complementarios, hasta un valor que, adicionado al valor de los aportesobligatorios y voluntarios del trabajador de que trata el artículo 126-1 de este Estatuto, no exceda del treinta por ciento (30%) del ingreso laboral o del ingreso tributario del año, según corresponda, y hasta un monto máximo de tres mil ochocientas (3.800) UVT por año…”

Cambio en la aplicación:

Ídem al artículo 3


Pendiente por aclarar:

Ídem al artículo 3


Fecha de vigencia:

Ídem alartículo 3






ARTÍCULO 6°. Modifíquese el numeral 10 del artículo 206 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:
“10. El veinticinco por ciento (25%) del valor total de los pagos laborales, limitada mensualmente a doscientas cuarenta (240) UVT. El cálculo de esta renta exenta se efectuará una vez se detraiga del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador, los ingresos no...
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