REFORMAS AL REGIMEN TRIBUTARIO
LA PRODUCCIÓN Y PREVENCIÓN DEL
FRAUDE FISCAL
REGLAMENTO A LA LEY
ORGÁNICA DE INCENTIVOS A LA
PRODUCCIÓN Y PREVENCIÓN DEL
FRAUDE FISCAL
Noticias
Attesting
Estimados Clientes y Amigos, tenemos el agrado de compartir con ustedes
los cambios introducidos a través de la Ley Orgánica de Incentivos a la
Producción y Prevención del Fraude Fiscal y su respectivo Reglamento,si
tienen alguna inquietud estaremos gustos de comunicarnos con ustedes.
Reformas a la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno y su Reglamento
Ingresos de Fuente Ecuatoriana
• Se incluyen como ingresos gravados las
utilidades que perciban las sociedades
domiciliadas o no en Ecuador y las personas
naturales, ecuatorianas o extranjeras,
residentes o no en el país, provenientes de laenajenación directa o indirecta de acciones,
participaciones,
otros
derechos
representativos de capital; de sociedades
domiciliadas
o
establecimientos
permanentes en Ecuador.
• Dejan de ser exentos los ingresos por
concepto de dividendos si el beneficiario
efectivo, es una persona natural residente en
Ecuador y en el Reglamento se definen que
son derechos representativos de capital,
dividendos ybeneficiarios efectivos.
• Se elimina como ingreso exento la
enajenación ocasional de acciones y
participaciones.
• Se
conserva como ingresos exentos
solamente los rendimientos por depósitos a
plazo fijo pagados por las instituciones
financieras nacionales a personas naturales.
Incremento Patrimonial no Justificado
Se incorpora en la Ley el concepto del
incremento patrimonial no justificado y en elReglamento se especifica que constituye
incremento patrimonial no justificado cuando
dentro de uno o varios periodos fiscales, los
ingresos gravados, exentos y no sujetos sean
menores con respecto del consumo, gastos,
ahorro e inversión de una persona.
Gastos Deducibles
Depreciaciones de activos fijos
Se incorpora en la Ley la no deducibilidad de la
depreciación de activos revaluados, además elReglamento establece que en caso de venta de
bienes revaluados se considerará como ingreso
gravable la diferencia entre el precio de venta y
el valor residual sin considerar el revalúo.
Sueldos y Salarios
En el reglamento se especifica que se deberá
observar los límites de remuneraciones
establecidos por el Ministerio de Relaciones
Laborales.
Se incluye también como deducción adicional el 150%
de lasremuneraciones y beneficios sociales sobre los
que se aporte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social, por pagos a adultos mayores y migrantes
retornados mayores de 40 años por un período de dos
años contado a partir de la fecha de celebración del
contrato.
Provisión para Créditos Incobrables
El Reglamento incorpora la deducibilidad de los
valores registrados por deterioro de los activosfinancieros correspondientes a créditos incobrables
generados en el ejercicio fiscal y originados en
operaciones del giro ordinario del negocio, registrados
conforme la técnica contable, el nivel de riesgo y
esencia de la operación.
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Reformas a la Ley Orgánica de
RégimenTributario Interno y su
Reglamento
Regalías, servicios técnicos,
administrativos y de consultoría
Provisión
para
Créditos
Incobrables (Continuación)
Adicionalmente se establece que la
eliminación definitiva de los
créditos incobrables se realizará
con cargo al saldo del deterioro
acumulado y, la parte no cubierta,
con cargo a los resultados del
ejercicio, así como también se
modifican las condiciones:a) Haber constado durante dos años
o más en la contabilidad;
b) Haber transcurrido más de tres
años desde la fecha de vencimiento
original del crédito;
Gastos
de
Publicidad
Promoción
y
El Reglamento establece el límite
para los costos y gastos incurridos
para la promoción y publicidad de
bienes y servicios los cuales serán
deducibles hasta un máximo del 4%
del total de ingresos gravados del...
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