Reformas de la andi

Páginas: 6 (1332 palabras) Publicado: 11 de noviembre de 2011
Operaciones de crédito externo otorgado a residentes: la Junta Directiva del Banco de la República, mediante Resolución Externa No. 5 de 2011, eliminó los requisitos relacionados con las contrapartes en las operaciones de crédito externo otorgado a residentes. Por tanto, el crédito externo puede ser otorgado por no residentes sin calificación previa del Banco de la República. Antes, losresidentes en el país sólo podían obtener créditos en el exterior de entidades financieras.Información en medios magnéticos: mediante la Resolución No. 11429 de octubre 31 de 2011, la DIAN regula lo relacionado con la entrega de información en medios magnéticos.Esta Resolución aumenta el número de obligados a entregar la información, introduce cambios en cuanto a la discriminación de la información yanticipa los plazos para la entrega de la misma.Estarán obligados a presentar información quienes tengan ingresos superiores a $500 millones, cuando en la Resolución anterior (la No. 8660 de 2010), los obligados eran quienes tenían ingresos superiores a $1.100 millones.Otros obligados serán las empresas que estén bajo el régimen de la Ley de formalización y generación de empleo (No. 1429 de 2010), yello con independencia del monto de los ingresos del año respectivo.También deberán presentar información las personas naturales y las sociedades que hayan recibido ingresos para terceros, cuando la suma de los ingresos propios más los ingresos recibidos para terceros supere los $500 millones.En cuanto a la discriminación de la información, cabe mencionar que, en el caso de los pagos o abonos encuenta, la Resolución contempla 48 conceptos, antes eran 25. Entre los conceptos adicionados están viáticos, gastos de representación, cargos diferidos (que, a su vez, están abiertos en conceptos diferentes), y pagos por medio ambiente. También tendrán que entregar información nueva, los contribuyentes del régimen tributario especial.En cuanto a plazos, los vencimientos para los grandescontribuyentes empiezan a partir del 27 de marzo de 2012; para las personas naturales y sociedades que no son grandes contribuyentes, del 27 de febrero de 2012. Estos nuevos plazos implicarán revisar las fechas para la expedición de certificados. De igual manera, obligarán al Gobierno a expedir con mayor prontitud el Decreto sobre componente inflacionario.La sanción por inexactitud no debe incluirse en la dedevolución improcedente para efectos de liquidar intereses: mediante sentencia del 18 de agosto de 2011 (Consejero Ponente: Dr. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas; número interno: 17599), el Consejo de Estado señala que como el artículo 634 del Estatuto Tributario sólo prevé la liquidación y pago de intereses moratorios por el retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones a cargo delcontribuyente, no es pertinente que se liquiden intereses de mora sobre la sanción de inexactitud, por no preverlo la norma citada. Los intereses, por su parte, deben contarse desde la fecha del acto administrativo que ordenó la devolución, y no desde la liquidación de revisión.La sentencia dice así en la parte pertinente:“La Sala considera que como el valor a reintegrar se exige para cubrir el mayorvalor del impuesto que se determinó mediante la liquidación oficial o mediante la liquidación judicial, así como la sanción por inexactitud, la DIAN debe calcular los intereses de mora sobre ese mayor impuesto a partir de la fecha de acto administrativo que ordenó la devolución y hasta la fecha del reintegro de las sumas que se ordena devolver mediante el acto administrativo que impone la sanciónpor devolución improcedente.““Lo expuesto no quiere decir que se deba detraer de la ‘suma a reintegrar’ a que hace alusión el artículo 670 E.T., el valor de la sanción por inexactitud, porque, es insiste, es claro que cuando se confirma judicialmente el monto que en derecho correspondía devolver o compensar como saldo a favor de una suma ya devuelta o compensada, la compensación que se hace en la...
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