Reformas electorales
La tercera reforma es tal vez la más compleja de aquilatar, debido a que las consecuencias más importantes que tiene sobre el sistema electoral mexiquense son resultado de una reforma electoral previa, aprobada en marzo del 2008 por la legislatura local. La mayoría de las leyes y regulaciones de losInstitutos Electorales Estatales están basadas en el modelo del Instituto Federal Electoral (IFE) de 1996. Uno de los objetivos primordiales de su legislación y reglamentación fue darle autonomía al pleno del Consejo Electoral frente a los partidos políticos. Por esta razón los Consejeros, nombrados por una mayoría calificada en la legislatura, tienen voz y voto, mientras que los representantes de lospartidos sólo tienen voz reforma electoral que se aprobó en 2008 en el Estado de México, quitó la facultad de nombramiento de la Secretaría al pleno, y se la entregó a dos terceras partes de la legislatura local, es decir, a los partidos.
CANDIDATURAS COMUNES. SU EXPULSIÓN DEL MARCO JURÍDICO ESTATAL NO INFRINGE EL DERECHO DE ASOCIACIÓN POLÍTICA. El artículo 9o. de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos confiere a los individuos el derecho de libre asociación; por su parte, el artículo 41, párrafo segundo, fracción I, constitucional, establece que en materia política la ley determinará las normas y los requisitos para el registro de los partidos políticos y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral, de lo que se deduce que corresponde allegislador ordinario federal o local, según sea el caso, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, determinar las formas asociativas a las cuales pueden recurrir los partidos políticos, con la limitante de que dicha regulación no resulte arbitraria, innecesaria, desproporcionada o incumpla con criterios de
Las reformas en materia electoral aprobadas en los últimos días.
La constitución vigentedel Estado de México.
La constitución del Estado de México previa a la reformas electoral del 2008.
El código electoral vigente del Estado de México.
1.-Reforma a la Constitución del Estado de México, que elimina la figura de candidatura común
Cuadro 1a.
Actual Reformada
Art. 12.
En los procesos electorales los partidos tendrán derecho a postular candidatos, fórmulas, planillas o listas,por sí mismos, en coalición o en candidatura común con otros partidos.
…
La solicitud de registro de candidaturas comunes deberá presentarse ante el Consejo General, previo acuerdo estatutario que emitan los partidos políticos, a más tardar tres días antes de la fecha en la que ese órgano sesione con el objeto de otorgar el registro a los candidatos de la elección de que se trate.
…
[No está...
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