reformas maritimas
La nueva ley de lamarina mercante (Ley 57 del 6 de agosto de 2008) facilitó los procedimientos administrativos y legales, creó incentivos para la construcción de nuevos buques y lealtad a la bandera de Panamá. La nuevalegislación también otorga incentivos a las personas que registran las flotas, en función del tonelaje bruto y el tipo de buque.
Las flotas compuestas de 5 a 15 barcos tienen derecho a un descuento del20% en las tasas de registro; 16 a 50 buques obtienen un descuento del 35%, mientras que de 51 buques en adelante abarcan un descuento del 60%.
El REGISTRO DE NAVES MAS RAPIDO fue posible en el2008, cuando la AMP pone en marcha un proceso en línea para el registro de buques de manera rápida.
Un nuevo sistema electrónico facilita los procedimientos de registro de buques, así como la emisión deun nuevo documento de identidad digital marino emitida por la Dirección de Marineros/Navegantes.
Desde el 7 de julio de 2008, la Dirección antes mencionada ha estado implementando Circular 163 a laMarina Mercante dirigida a los propietarios de barcos y operadores de las naves con bandera panameña, a las oficinas regionales, Capitanes, Inspectores Marítimos, y autoridades de Control del Puerto.El nuevo sistema ahorrará un 80% del tiempo de los clientes de la AMP mediante el acceso al centro de datos de la AMP y estar conectados en todo el mundo a través del internet.
Los usuarios yclientes del Registro pueden inmediatamente ver las estadísticas de cada procedimiento logrado por la AMP. La nueva automatización de procedimientos y el Registro Electrónico de Naves facilitarán a losclientes un mejor servicio al momento de hacer el Registro de Naves.
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP)
Durante el primer trimestre de 2008, la AMP, puso de manifiesto ante la Asamblea Nacional...
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