UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES CARRERA CONTABILIDAD Y FINANZAS TEMA PROFESORA PRECIADO MORAN, ADA LUZ ALUMNOS BORJA, MEZA, SOFIA COTERA MEZA, BETSY GOICOCHEA BASILIO,ELIZABETH JARA COLLADO, KENIA LAZARO CUELLAR, MARTIN VENEGAS CASTILLO, SILVIA 2015 1.- Descripcin del Rgimen Especial REGIMEN LABORAL EDUCATIVO DOCENTES ESCOLARES Y UNIVERSITARIOS El presente Decreto establece el rgimen especial para regular las condiciones de ingreso, ejercicio, estabilidad, ascenso y retiro de las personas que desempean laprofesin docente en los distintos niveles y modalidades que integran el Sistema Educativo Nacional, excepto el nivel superior que se regir por normas especiales. Las personas que ejercen la profesin docente se denominan genricamente educadores. En la actualidad el rgimen del profesorado mantiene una serie de caractersticas que difieren en cierta medida del rgimen laboral general, pues laprestacin de servicios se realiza en condiciones especiales que lo diferencian de este rgimen. Sus vacaciones son treinta das anuales, los que laboran en el rea de la administracin de la educacin y los que tienen cargos directivos en los centros y programas educativos y, Sesenta das anuales al trmino del ao escolar los que laboran en el rea de la docencia. Durante la vacacin escolar del medio ao,los profesores limitan su labor a terminar los trabajos de primer semestre y a preparar los del segundo. As, por ejemplo, tenemos que el descanso vacacional de los profesores se otorga durante un periodo de dos meses continuos al final de cada ao escolar, es decir, en el mismo momento en que los alumnos se encuentran de vacaciones, entre otros. Las remuneraciones, as como lasgratificaciones, asignaciones e incentivos en la carrera pblica magisterial son determinadas por el Gobierno nacional. Los gobiernos regionales y locales pueden complementar, con sus presupuestos, el financiamiento de otras asignaciones o bonificaciones que consideren necesarias. El profesional de la educacin a servicio de otras dependencias pblicas puede desempear un cargo ms por funcin docente,siempre que no exista incompatibilidad horaria. Los citados profesores tienen derecho a percibir el total de ingresos que, por todo concepto, se percibe en cada uno de los cargos que ejercen. Los profesores al servicio del Estado tendrn derecho a recibir una remuneracin compensatoria por tiempo de servicios, la que se otorga al momento de su cese a razn de dos (2) remuneraciones totales permanentespor ao o fraccin mayor a seis (6) meses de servicios oficiales. Percibe, adems, una remuneracin personal del dos por ciento (2) de su remuneracin por cada ao de servicios cumplidos. Los profesores al servicio del Estado, en la medida que cumplan con determinadas condiciones, tienen derecho a percibir las asignaciones y beneficios sociales que se detalla en el cuadro de abajo. 2.- Beneficiosdel Rgimen Especial 3.- Diferencias entre Beneficios del Rgimen General y el Rgimen Especial 4.- Conclusiones y Aportes En lo que respecta al Rgimen Especial y el Rgimen General, es claro que ambos regmenes son diferentes, pues el Rgimen Especial tiene ms beneficios que el Rgimen General. Para el ao 2014 a travs del Rgimen Especial los docentes del estado slo gozaron de S/. 400 degratificacin tanto en sus fiestas patrias como navidad, ellos tambin tienen sueldos ms bajos que los profesores de colegios privados, esto es en el caso de los profesores no nombrados, pero a pesar de todo lo anterior dicho los profesores del estado tienen muchos ms ingresos predecibles y es la nica ocupacin que goza de estabilidad laboral en el Per a lo largo de la carrera, por otra parte los maestros de...
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