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La protección y defensa de los derechos humanos en México fue elevada a rango constitucional el 28 de enero de 1992, con la publicación delDecreto que adicionó el apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La protección y defensa de los Derechos Humanos en México fue elevada a rangoconstitucional el 28 de enero de 1992, con la publicación del Decreto que adicionó el apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta disposición facultó al Congresode la Unión y a las legislaturas de los estados para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecieran organismos especializados para atender las quejas en contra de actos u omisiones denaturaleza administrativa violatorios de Derechos Humanos, por parte de cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, así como para formularrecomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades correspondientes.
Con fecha 13 de septiembre de 1999 se reformó el artículo 102, apartado B constitucional, enel cual se señala que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, así como personalidad jurídica y patrimonio propios. Elobjetivo esencial de este organismo es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos previstos por el orden jurídico mexicano.
I. Recibir quejas de presuntasviolaciones a Derechos Humanos.
II. Conocer e investigar, a petición de parte o de oficio, presuntas violaciones de Derechos Humanos en los siguientes casos:
a) Por actos u omisiones de autoridadesadministrativas de carácter federal, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos.
b) Cuando los particulares o algún otro agente social cometan ilícitos con la...
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