Regiem de equipaje en venezuela
Se entiende por equipaje, el conjunto de efectos de uso o consumo personal y los obsequios que trasladen los pasajeros y tripulantes al arribar o salir del país, que por su naturaleza, comercial. (Art. cantidades y valores no demuestren 131 Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas Sobre Los Regímenes de Liberación, Suspensión y Otros Regímenes AduanerosEspeciales. (R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E).
En caso de que la línea aérea no le haya suministrado la misma, debe solicitarla a los funcionarios del SEN IAT en el aeropuerto. N o podrá abandonar el recinto aduanero hasta que realice la declaración. La cual se debe entregar a los Funcionarios del SEN IA T al momento de pasar por el control aduanero respectivo.
¿Q ué s e entiende por P asajeros?
Seconsideran pasajeros todas aquellas personas nacionales o residentes en el país que entren o salgan del territorio nacional, por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, a bordo de vehículos de transporte público o privado.(Art. 134 R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E) .
Libre importación hasta un máximo de $ 1.000 por pasajero en su conjunto, cualquier exceso será sometido al Impuestovigente siempre y cuando no demuestre nalidad comercial
libro
libros
s
¿Q ué pasa si excedo los US$ 1.000?
Si los efectos de uso o consumo personal nuevos, exceden en su conjunto lo US$ 1.000, la oficina aduanera procederá a realizar una liquidación por concepto de impuestos de importación, por el exceso de la siguiente forma: 1. Exceso de US$ 1001 hasta US$ 2.000, rebaja de la tarifaaplicable a las mercancías importadas según el Arancel de Aduanas: • Tarifa del 20% = Rebaja del 10% • Tarifa del 15% = Rebaja de 5% Para la rebaja se deducirá la liberación más la tasa por servicios de aduana. 2. Exceso de US$ 2001 en adelante, se deducirá la liberación y la rebaja, y la diferencia se regirá por el régimen de importación ordinaria de mercancías. (Art. 141 R.L.O.A.S.R.L.S.YO.R.A.E) Para estos casos, no se hace necesario el uso del agente de aduanas, no obstante esta excepción no excluye la posibilidad de ocupar sus servicios. (Art.130 R.L.O.A.)
Importación restringida y/o prohibida
Requieren permiso o registro sanitario del Ministerio respectivo
El pasajero que no declare el exceso sobre la liberación de un valor en moneda Nacional equivalente a US$ 1.000,perderá el disfrute de la franquicia (Art. 142 R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E). A tal efecto se pierde el descrito en el punto anterior relativo a las rebajas. Los pasajeros, turistas y tripulantes, sin excepción, deben llenar obligatoriamente el formulario de Registro y y Declaración de Aduanas para Equipaje (Forma 82) que le proporciona la línea aérea en la que se transportan, antes de llegar a sudestino.
¿Q ué pasa si no declaro el exceso de los US$ 1.000 ,00?
Prohibida la introducción al país
¿Cuándo debo declara r mi equipaje?
Prohibida la introducción de Drogas Sintéticas, Radioactivos, Bacteriológicos y Químicos ¿Q ué pasa si traigo efectos nuevos con fines comerciales? Los efectos nuevos que demuestren finalidad comercial deberán someterse al régimen de importaciónordinaria.
Anu
lad
Los pasajeros podrán introducir libres del pago de gravámenes aduaneros, efectos de uso o consumo personal nuevos, cuando en su conjunto, no excedan de un valor en moneda Nacional equivalente de US$ 1.000 por persona (Art. 141 R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E).
¿Q ué es tá libre del pago de i mpues tos para los P asajeros?
o
¿Qué se entiende por Turista?Se consideran turistas, todas aquellas personas extranjeras que entren al territorio nacional bajo tal carácter, las cuales podrán introducir como equipaje acompañado o no acompañado, efectos usados propios de su condición (Art. 144 R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E).
¿Qué está libre del pago de impuestos para los turistas?
o
Los turistas podrán introducir libres del pago de gravámenes ...
Regístrate para leer el documento completo.