Regimen Especial Prestacional

Páginas: 8 (1919 palabras) Publicado: 18 de noviembre de 2012
REGIMEN PRESTACIONAL ENTIDADES |
INPECDecreto 446 de 1994 | RAMA JUDICIALDecreto 935 de 2005Decreto 57 de 1993 | DIANDecreto 0835 de 2012 | DOCENTESLey 91 de 1989Ley 4 de 1992 |
Prima de Navidad: equivalente a un mes de salario que corresponda al cargo desempañado el 30 de noviembre de cada año, prima que se pagará en la primera quincena del mes de diciembre.Cuando el empleado no hubiereservido durante el año completo, tendrá derecho a la mencionada prima de Navidad en proporción al tiempo servicio, a razón de una doceava ( 1/12) parte por cada mes completo de servicios, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado o en el último promedio mensual, si fuere variable.Prima de Vacaciones: equivalente a 20 días de salario por cada año de servicios durante 1995 y de30 días de salario por cada año de servicios a partir de 1996.Prima de Servicios: tendrán derecho a una prima de servicio anual equivalente a 15 días de remuneración, que se pagará en los primeros 15 días del mes de julio de cada año.Prima de Instalación y Alojamiento: Cuando un miembro sea trasladado de una localidad a otra, se le pagará una prima de instalación que no constituye factor de salarioy tendrá un valor equivalente a una suma que fluctúe entre el 30% y el 50% del sueldo básico, la cual será fijada teniendo en cuenta factores como la distancia, calidad de vías de comunicación, medios de transporte empleados y otros semejantes. Igualmente se reconocerá una prima de alojamiento correspondiente a un 30% del sueldo básico. Cuando el trasladar, sea efectuado a solicitud propia, nohabrá lugar a reconocimiento de la prima de instalaciónPrima de Capacitación: Los oficiales, suboficiales y dragoneantes clasificados en seguridad que obtengan titulo profesional universitario conforme a las normas de educación superior vigentes, tendrán derecho a una prima mensual de capacitación que no constituye factor de salario, equivalente al 20% del sueldo básico mensual. Quienes acreditentítulo Universitario Tecnológico se le reconocerá una prima de capacitación equivalente al 12% del sueldo básico mensual.Derecho a Pasajes y Gastos de Transporte: Al funcionario trasladado por necesidades del servicio, le serán reconocidos los pasajes para él, su esposa e hijos y una suma equivalente a 1 sueldo básico, por concepto de transporte de inmuebles. Si el traslado es efectuado por voluntadpropia, no habrá lugar a dicho reconocimiento.Prima de Clima: Quienes laboren en los establecimientos mencionados en el Dec. 1421 de 1975, tendrán derecho a que se les pague una prima equivalente al 20% del sueldo básico que devenguen.Prima de Seguridad: a los funcionarios que presten sus servicios en centros o pabellones, podrá reconocérseles una prima de seguridad, que no constituye factor desalario en los porcentajes que establezca el Gobierno Nacional.Subsidio de Transporte: Los funcionarios tienen derecho a este auxilio en la cuantía y porcentajes que indique el Gobierno Nacional.Subsidio de Alimentación: Los funcionarios tienen derecho a este auxilio en la cuantía y porcentajes que indique el Gobierno Nacional.Subsidio Familiar: De acuerdo a la norma tendrán derecho, a partir del 1ºde Enero de 1995, al pago del 7% adicional. | Los Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado tendrán derecho a la remuneración establecida en el presente artículo, incluyendo la prima especial de servicios de que trata el artículo 15 de la Ley 4ª de 1992, la cual no tendrá carácter salarial, así:Gastos deRepresentación: $2.272.947 mcte. Prima Técnica: $2.130.888 mcte.Prima Especial Mensual: equivalente al 30% de la asignación básica y los gastos de representación y sustituye la prima de que trata el artículo 7º del Decreto 903 de 1992.Prima Especial de Servicios: sin carácter salarial a que se refiere el artículo 15 de la Ley 4ª de 1992, es aquella que sumada a los demás ingresos laborales iguales a...
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