Regimenes
Ley Especial vs. Ley Orgánica.- Cabría ponderar si una Ley Orgánica (así fue en su momento calificada la de Aduanas por nuestro Poder Legislativo) pudo legalmente ser modificada por una Ley especial comoesta sobre el Delito de Contrabando, sin haberse cumplido la formalidad de mayoría calificada establecida en el artículo 203 de la Constitución. Es cierto que sobre este particular la norma constitucional bajo cuyo imperio se promulgó la vigente Ley Orgánica de Aduanas, experimentó modificaciones en la Constitución de 1999; sin embargo, la norma constitucional hoy en vigor califica como leyesorgánicas aquellas que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales o para servir de marco a otras leyes, condiciones estas que en nuestra opinión cumple la Ley Orgánica de Aduanas que nos ha venido rigiendo hasta los momentos (por ejemplo, en cuanto a la determinación y distribución de competencias al Presidente de la República en Consejo de Ministros,al Ministro de Finanzas y al Superintendente Nacional Aduanero y Tributario; o en cuanto al desarrollo del derecho constitucional al libre tránsito internacional de mercancías, o en cuanto a la promulgación de diversas leyes especiales referentes al control del tráfico internacional de bienes). Podemos así concluir que la reciente Ley sobre el Delito de Contrabando muy bien pudiera estar viciada deinconstitucionalidad.
Regulación incompleta e insuficiente.- No comprendemos cómo una Ley cuya preparación exigió tanto tiempo y tantos recursos y que finalmente se materializó en un instrumento jurídico que regula exclusivamente el delito mencionado -segregando así lo que antes estaba contenido en la Ley Orgánica de Aduanas- se haya limitado a tan escuálidas disposiciones, evidentementeincompletas, como las que configuran el nuevo instrumento. Se ha desaprovechado una excelente oportunidad para acometer una regulación específica y completa de cada una de las materias implícitas y conexas con un delito tan particular, para así descartar la aplicación directa (no supletoria) de otros instrumentos jurídicos que, según la práctica lo ha demostrado, de muy poco han servido parareprimirlo. Además, es inconcebible cómo no fue creada de una vez la jurisdicción especial que era impostergable y que simplemente fue anunciada por la Disposición Transitoria del nuevo instrumento. Tampoco encontramos explicación racional para el hecho de haber sido excluido en forma tan manifiesta todo lo atinente a las atribuciones y obligaciones de la Guardia Nacional en la materia (no simplemente porser Guardia Nacional, sino porque a esa Institución tocan, según el artículo 153 de la Ley Orgánica de Aduanas y otros instrumentos jurídicos, las funciones de resguardo aduanero): opinamos que la nueva Ley no fue precedida de un indispensable estudio científico sobre cómo fue afectada la lucha contra el contrabando por el nuevo Código Orgánico Procesal Penal y por la eliminación de los...
Regístrate para leer el documento completo.