registro electronico contable
Mediante Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT y sus modificatorias
se establecieron las disposiciones para que loscontribuyentes puedan implementar el
llevado de sus libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica.
Dicha normativa está vigente desde el 01 de julio del 2010.Aprovechando del avance en las tecnologías de la información y comunicación, la
SUNAT pone a disposición el Sistema de Libros Electrónicos, el cual genera ahorros
entiempo y dinero a favor del contribuyente al eliminar gastos como el de
legalización, impresión, almacenamiento y seguridad que representa actualmente el llevado de Libros y/oRegistros Contables y
Tributarios de manera física. Con este sistema alternativo que facilita el cumplimiento del llevado de libros contables, también
se logra mejorar lacompetitividad de las empresas y, adicionalmente, ayudar a la protección del medio ambiente al no usar papel.
Las disposiciones para el tratamiento tributario de los libros yregistros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica
están referidas a:
• El procedimiento para el llevado.
• El sistema de llevado.
• El Programa de LibrosElectrónicos – PLE.
• Afiliación al Sistema y sus efectos.
• La forma en la cual deberán ser llevados.
• Los plazos máximos de atraso.
• La conservación, pérdida o destrucciónde los libros.
• El cierre.
• Nombre, Estructura, contenido y validaciones de acuerdo a lo dispuesto en los Anexos 1, 2 y 3 de la Resolución de
Superintendencia N°286-2009/SUNAT y modificatorias.
Para usar el PLE, y llevar sus libros electrónicos, primero debe afiliarse al sistema a través de SUNAT Operaciones en Línea – SOL.
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