registro mercantil
Articulo 2. DOMICILIO: el domicilio principal será la ciudad de ______________, pero por disposición de la junta de Socios podrá crear agencias o sucursales dentro del territorio nacional.
Articulo 3. DURACION: La duración de la sociedad es de __________ años, contados a partir de la fechadel presente documento.
Articulo 4. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto social: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________. En desarrollo de su objeto y para el cumplimiento del mismo, podrá lasociedad adquirir, conservar o enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles e inmuebles; tomar dinero en mutuo, en préstamo a interés, y en general, celebrar el contrato de mutuo en todas sus formas; dar o tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles o inmuebles; dar o tomar dinero en interés con bancos, agencias bancarias, entidades oficiales o particulares, con corporacionesde ahorro y vivienda; gravar en cualquier forma los bienes muebles e inmuebles o los derechos de los cuales sea titular; dar en prenda los muebles e hipotecar los inmuebles; girar, endosar, aceptar, cobrar, pagar protestar, negociar en cualquier forma toda clase de títulos valores y recibirlos en pago; obtener derechos de propiedad sobre marcas, patentes, privilegios, inventos, dibujos, insigniasy conseguir los registros de los mismos, tomar interés como accionista fundador o no de otras sociedades de cualquier clase que ellas sean y enajenar sus cuotas o partes de interés social, fusionarse con ellas o absorberlas en fin, adelantar cualquier acto o contrato que se relacione directamente con el objeto social.
Articulo 5. CAPITAL: El Capital de la sociedad es la suma de___________________________ representado en ______ Cuotas o partes sociales, de un valor nominal de ___________ cada una. Este capital ha sido pagado íntegramente por los socios, en dinero en efectivo, a satisfacción de la sociedad y de los socios así :
SOCIO No. CUOTAS VALOR
________________________ ____________ __________________________________ ____________ __________
Articulo 6. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de cada uno de los socios queda limitada a su respectivo aporte.
Articulo 7. CESION DE CUOTAS: Cuando un socio quiera enajenar parcial o totalmente sus cuotas se dará aplicación a los trámites establecidos en los artículos 362 y siguientes del Código de...
Regístrate para leer el documento completo.