REGLAMENTACION DE LA LEY PROVINCIAL N 12969
MISION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES DE BOMBEROS
FIRMANTES: BINNER – GAVIOLA
DECRETO N° 0464
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 MAR 2010
V I S T O:
El expediente Nº 00201-0136776-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de
Seguridad, mediante el cual laSubsecretaría de Protección Civil tramita la reglamentación de la Ley Nº
12.696; y
CONSIDERANDO:
Que por ley Provincial Nº 12.969 se regula la organización, misión y funcionamiento de las Asociaciones de
Bomberos Voluntarios en todo el territorio de la provincia de Santa Fe y su vinculación con el Estado
Provincial;
Que dicha ley en su artículo 41º encomienda al Poder Ejecutivo Provincial sureglamentación;
Que a fs. 11 y 12 ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción
efectuando modificaciones al proyecto presentado originariamente;
Que, asimismo, ha tomado la intervención de su competencia Fiscalía de Estado conforme a lo dispuesto por
el artículo 2º, inciso e), de la reglamentación aprobada por Decreto-Acuerdo Nº 132/94 modificado por
Decreto1255/08; mediante Dictamen Nº 0073/2010, obrante a fs. 22 y 23;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 72º, inciso 4), de la
Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1º - Apruébase la reglamentación de la Ley Provincial Nº 12.969, que como Anexo Único
forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º - Lascarteras de Seguridad y de Economía efectuarán las adecuaciones presupuestarias que
resulten pertinentes, a los fines de concretar la creación del Fondo de Seguridad, habilitando la Categoría
Programática correspondiente y produciendo las modificaciones al Cálculo de Recursos y correlativamente
en las Erogaciones del Presupuesto vigente en el marco de las disposiciones de la Ley 12.510.ARTÍCULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO ÚNICO
ARTÍCULO 1.- Objeto: Son obligaciones y atribuciones de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios:
a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en sus Estatutos y reglamentos de los Cuerpos
Activos.b) Representar al Cuerpo Activo y a sus miembros ante la Federación Santafesina de Asociaciones de
BomberosVoluntarios y ante las autoridades de su jurisdicción.c) Disponer el cumplimiento de las funciones del Cuerpo Activo de su dependencia, en su carácter de
Servicio Público.d) Gestionar directamente ante las autoridades comunales y/o municipales de su jurisdicción y ante los entes
estatales descentralizados o autárquicos que en ella tengan su asiento, la obtención de franquicias o
beneficios quefaciliten su accionar, conforme a la misión de los Bomberos Voluntarios.
e) Gestionar, por intermedio de la Federación, el otorgamiento de los beneficios que correspondan a las
Asociaciones de Bomberos Voluntarios y a los integrantes de los Cuerpos Activos, conforme a las leyes,
decretos y reglamentaciones nacionales y/o provinciales en vigor.
ARTÍCULO 2.- Organización:
2-1 Las Asociaciones deBomberos Voluntarios funcionarán como tales previo otorgamiento de la personería
jurídica. Constituida legalmente una Asociación, la misma deberá elevar a la Subsecretaria de Protección
Civil por intermedio de la Federación los siguientes documentos:
a) Copias de las actas relativas a su constitución.b) Copia del decreto o resolución de otorgamiento de personería jurídica.c) Copia autenticadade los Estatutos.d) Nómina de asociados.e) Nómina de la Comisión Directiva.f) Jurisdicción de funcionamiento propuesta.
2-2: La información relativa a la constitución de la Comisión Directiva deberá ser actualizada cada vez que
se produzcan cambios en la misma.
2-3: Asimismo y dentro de los sesenta (60) días de su constitución, la Asociación deberá elevar en carácter
de Declaración Jurada a...
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