REGLAMENTO DE GUIAS DE MONTANA
Aprueban el Reglamento de Guías de Montaña
DECRETO SUPREMO Nº 028-2004-MINCETUR
CONCORDANCIA:
D.S. Nº 007-2007-MINCETUR (Aprueban Reglamento de la “Ley que faculta al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo a tipificar infracciones por vía reglamentaria en materia de
prestación de servicios turísticos y la calificación de establecimientos de hospedaje y establece
las sancionesaplicables” - Ley Nº 28868)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el país cuenta con zonas que por sus características son propicias para la práctica
de la escalada en roca y en hielo, caminatas y afines, las cuales constituyen importantes
atractivos para el turismo de aventura, en especial en el ámbito del turismo receptivo;
Que, dichas actividades se desarrollan regularmente bajo laconducción de guías de
montaña, por lo que es de interés del Sector Turismo, establecer las condiciones mínimas que
deben cumplir los guías en el desempeño de su actividad, con el propósito de reducir en lo
posible los riesgos inherentes a la práctica de turismo de aventura en el territorio nacional, en
beneficio de la seguridad del turista y protección del medio ambiente; entre tales condiciones
seconsidera necesario que los guías de montaña acrediten capacidad y experiencia técnica
para desempeñar su labor, mediante credencial otorgada por la administración, la cual
constituirá requisito previo para el ejercicio de la actividad de Guía de Montaña;
Que, conforme al artículo 17 de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la
Actividad Turística, el Guía de Turismo en sus diferentesespecialidades, es un prestador de
servicios turísticos; siendo competencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
reglamentar, en cada caso, los requisitos, obligaciones y responsabilidades que deberán
cumplir los Prestadores de Servicios Turísticos;
Que, asimismo, en el marco del proceso de descentralización, corresponde al Sector
Turismo, promover el desarrollo competitivo de la actividad turística através de los Gobiernos
Regionales y Locales, la comunidad organizada y el sector privado;
Que, en aplicación del artículo 4 del Decreto Ley Nº 25629, las disposiciones por
medio de las cuales se establezcan trámites o requisitos o que afecten de alguna manera la
libre comercialización interna de servicios, entre otros, podrán aprobarse únicamente
mediante Decreto Supremo refrendado por elMinistro de Economía y Finanzas y por el del
Sector Involucrado;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del
Estado; artículos 17 y 18 de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística y
la Ley Nº 27790;
DECRETA:
Artículo 1.- Apruébase el Reglamento de Guías de Montaña, que consta de Cinco (5)
Capítulos, Diecinueve (19) Artículos, y Tres (3)Disposiciones Complementarias y Finales, y que
en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de noviembre del
año dos mil cuatro.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucionalde la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
REGLAMENTO DE GUÍAS DE MONTAÑA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto
El presente Reglamento tiene por objeto, definir las funciones y normar el
procedimiento de acreditación y supervisión de la prestación de servicios, de los Guías de
Montaña a nivelnacional.
Artículo 2.- Definiciones
Para los efectos de lo dispuesto en presente Reglamento, se entenderá por:
a) Escalada en roca y/o hielo.- Tipo de actividad del turismo de aventura, que consiste
en ascender y descender montañas de hielo, de roca, de roca y hielo (mixta), o terrenos
verticales y semiverticales, superando dificultades que implican riesgo, siendo imprescindible
aplicar técnicas...
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