REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA LA ACTIVIDAD MINERA
PARA LA ACTIVIDAD MINERA
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO 1
ACTIVIDADES COMPRENDIDAS Y AMBITO DE APLICACION
ARTICULO 1º — Este Reglamento es aplicable a toda actividad minera descripta en los artículos 2º al 5º del Código de Minería. Se excluyen: las refinerías de petróleo; la fabricación de objetos de barro, loza y porcelana; la fabricación devidrio y productos de vidrio; la fabricación de productos de arcilla para la construcción; la fabricación de cemento, cal y yeso; la fabricación de otros productos minerales no metálicos; las industrias básicas de hierro y acero y las industrias básicas de metales no ferrosos cuya actividad principal sea industrial manufacturera. Las empresas cuyo código de actividad principal esté dentro del CIIU300000 "Industrias Manufactureras" seguirán cumpliendo las normas del Decreto Nro. 351/79 y sus modificatorios.
ARTICULO 2º.- El presente reglamento será de aplicación obligatoria en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 3º.- La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO es la autoridad nacional de aplicación de las normas de este Decreto, respecto del cual ejercerá las facultadesde orden reglamentario y de control en materia de higiene y seguridad laborales que le otorga la ley Nro. 24.557 y las que por este acto le delegan el PODER EJECUTIVO NACIONAL y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION; teniendo en cuenta lo establecido por las leyes Nros. 25.212 y 25.877 y sin perjuicio de las demás disposiciones constitucionales y legales aplicables engeneral y en particular.
TITULO II
PRINCIPIOS GENERALES
CAPITULO 1
DEBERES
Del empleador:
ARTICULO 4º.- El empleador deberá aplicar los criterios de prevención para evitar enfermedades y accidentes del trabajo. A tal fin, en el marco de sus responsabilidades, desarrollará una acción permanente con el fin de mejorar los niveles de seguridad y de protección existentes. Con la intervención,asesoramiento y seguimiento de la aseguradora de riesgos del trabajo a la que esté afiliado, debe:
a) identificar, evaluar y minimizar los factores de riesgo existentes en su establecimiento;
b) controlar los riesgos en sus fuentes;
c) llevar a cabo un programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales;
d) disponer de un programa para actuar en caso de emergencias;
e) proveer losequipos y elementos de protección personal a los trabajadores que se desarrollen tareas en su establecimiento, acorde a los riesgos a que estén expuestos;
f) instrumentar las acciones necesarias para que la prevención, la higiene y la seguridad sean actividades integradas a las tareas que cada trabajador desarrolle en la empresa;
g) informar y capacitar a los trabajadores acerca de los riesgosrelacionados con sus tareas;
h) definir las responsabilidades de la línea de supervisión y del personal operativo;
i) dar prioridad en el programa preventivo, a las medidas de ingeniería por sobre el uso de elementos de protección personal; y
j) cumplir con las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo establecidas por la autoridad competente.
ARTICULO 5º.- Toda empresa minera que inicie oreinicie trabajos mineros deberá informar a la aseguradora de riesgos del trabajo la ubicación de la explotación, los nombres del propietario y del responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo, QUINCE (15) días antes de iniciar los trabajos, a fin de que aquella realice el relevamiento correspondiente, antes del inicio de los trabajos.
Además, deberá prever y adoptar en su caso, las medidas que deacuerdo con los principios de la ciencia y de la técnica resulten aconsejables para proteger la salud de los trabajadores, las instalaciones, a terceros y el ambiente de trabajo.
ARTICULO 6º.- Las empresas mineras deberán establecer reglamentos internos de "normas de prevención" e informarlos a la aseguradora de riesgos del trabajo, para que ésta los apruebe, siempre y cuando cumplan con las...
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