reglamento de la escuela primaria
DECRETO N° 4720/61
SANTA FE, 19 de mayo de 1961.-
Visto el expediente N° 004413-961 del Ministerio de Educación y Cultura, en
el cual corre agregado el proyecto de Reglamento General de Escuelas Primarias;
CONSIDERANDO:
Que dicho proyecto que fue redactado por una comisión designada a tal
efecto, contiene, metódicamente reunido, un conjuntode normas que se hallaban dispersas en
distintos decretos y resoluciones, como así también nuevos textos que responden a una
actualización racional de la legislación escolar confiada al mencionado reglamento;
Que, en consecuencia, corresponde la aprobación solicitada en estas
actuaciones, por el Consejo Federal de Educación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D e c r e t a:PRIMERA PARTE
TÍTULO I
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
CAPÍTULO ÚNICO -CLASIFICACIÓN
ARTÍCULO 1° -La educación y la enseñanza en la provincia, se impartirán en establecimientos
oficiales y particulares.-
ARTÍCULO 2° -Los establecimientos educativos serán designados por el número y el nombre
que les fueren acordados por la Consejo General de Educación. La denominación de losparticulares, a propuesta de la dirección respectiva.-
ARTÍCULO 3° -Los establecimientos educativos se clasifican:
a) Por el horario de funcionamiento: en diurnos y nocturnos;
b) Por su ubicación: en urbanos y rurales. A su vez, éstos, en: específicamente rurales,
de zonas semi-inhóspitas y de zonas inhóspitas.-
ARTÍCULO 4° -Se incluirán en la categoría “A” (zona inhóspita) las escuelasubicadas en zonas
aisladas, a más de diez Kilómetros de caminos no pavimentados con servicio de ómnibus,
rutas pavimentadas, estaciones de ferrocarril, ciudades o pueblos, solamente de los
departamentos 9 de julio, Vera, General Obligado, San Cristóbal, Garay y San Javier.-
Se incluirán en la categoría “B” (zona semi -inhóspita), las escuelas ubicadas a
más de veinte Kilómetros deciudades o pueblos importantes de los citados departamentos,
que no estuvieren comprendidos en la categoría anterior, y las situadas a más de quince
Kilómetros de caminos pavimentados con servicio de ómnibus, rutas pavimentadas, estaciones
de ferrocarril, ciudades o pueblos del departamento San Justo.-
Se incluirán en la categoría “C” (Zona específicamente rural), las escuelas de
todos losdepartamentos ubicadas a más de ocho kilómetros de ciudades o pueblos, y que no
estén comprendidas en las categorías anteriores. Para las escuelas de los departamentos La
Capital, Rosario, Las Colonias, Castellanos, San Jerónimo, General López, Constitución,
Caseros, Iriondo, San Lorenzo, San Martín, Belgrano y San Justo, será requisito, además,
estar ubicadas a más de un Kilómetro decaminos no pavimentados, con servicios de ómnibus,
rutas pavimentadas o estaciones de ferrocarril.-
Las escuelas de islas podrán ser clasificadas en algunas de las categorías
antedichas, según las condiciones del medio, la distancia a la población más cercana, las
comunicaciones, etc.
ARTÍCULO 5° -El personal que preste servicio en las escuelas incluidas en las tres categorías
enunciadasen el artículo precedente, tendrá derecho a percibir las bonificaciones especiales que determina la ley de presupuesto, siempre que resida en la escuela o su zona de influencia.
El director cuyo establecimiento se considera comprendido en algunos de estos beneficios,
remitirá a la iniciación de cada curso, por duplicado, la pertinente planilla de solicitud, al
inspector seccional.
TÍTULOII
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES
CAPÍTULO ÚNICO -CLASIFICACIÓN
ARTÍCULO 6° - Los establecimientos oficiales, de acuerdo con el tipo de enseñanza que
imparten, se clasifican en:
a) Jardines de Infantes;
b) Escuelas primarias comunes: diurnas, rurales de ciclo completo, centros de
enseñanza y nocturnas;
c) Escuelas primarias especiales: al aire libre, para infradoctados...
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