Reglamento De La Ley General De Victimas
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Nuevo Reglamento DOF 28-11-2014
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS
TEXTO VIGENTE
Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2014
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados UnidosMexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en
los artículos 1, 12, 17, 20, 21, 30, 31, 32, 37, 64, 67, 70, 83, 84, 88, 93, 98, 103, 110, 111, 131, 139, 143, 144, 148,
155, 166 y 173 de laLey General de Víctimas; 3o., 13 y 27 a 42, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, y 5, 14 y 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1. Las disposiciones de este Reglamento son de orden público, interés social y de observanciageneral
en todo el territorio nacional, y tienen por objeto establecer las bases de coordinación a las que se sujetarán las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República,
para la atención, asistencia y protección a las víctimas de delito y de violación a sus derechos humanos, así como
establecer las disposiciones necesarias para laorganización y funcionamiento del Sistema Nacional de Atención a
Víctimas.
Artículo 2. La Secretaría de Gobernación, en términos de las disposiciones aplicables, coadyuvará con la
Comisión Ejecutiva para la coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la
Procuraduría General de la República y los gobiernos de las entidades federativas y municipales, enrelación con las
acciones de atención, asistencia y protección a víctimas.
Artículo 3. Para los efectos del presente Reglamento, sin perjuicio de las definiciones señaladas en los artículos
4 y 6 de la Ley, se entiende por:
I.
Autoridades de primer contacto: Todas aquellas dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, así como la Procuraduría General de la República que den atención,asistencia y protección a la
víctima o reciban la declaración de la víctima, una vez ocurrido el hecho victimizante;
II.
Comisionado Presidente: El Presidente de la Comisión Ejecutiva;
III.
Comités: Los Comités a que se refiere el artículo 93 de la Ley;
IV.
Estatuto Orgánico: El Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva;
V.
Fondo: El Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a que serefiere el Título Octavo de la Ley,
incluyendo el fondo de emergencia previsto en el artículo 135 de la misma;
VI.
Formato: El Formato único de declaración y de incorporación al Registro, que es el instrumento elaborado
por la Comisión Ejecutiva, el cual estará publicado en su página electrónica y será distribuido a todas las
instancias que participen en las acciones de atención, asistencia yprotección a las víctimas, y que será de
acceso público;
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REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS
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Nuevo Reglamento DOF 28-11-2014
Secretaría General
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VII.
Modelo Integral de Atención a Víctimas: El instrumento emitido por el Pleno de la Comisión Ejecutiva, a
través del cual se establecen lasinstancias federales y los procedimientos para la atención, asistencia y
protección a las víctimas, y
VIII.
Secretaría Técnica: La Secretaría Técnica del Pleno de la Comisión Ejecutiva.
Artículo 4. Para efectos del artículo 4, segundo párrafo, de la Ley, se consideran como familiares de la víctima
directa que tienen una relación inmediata con ella:
I.
Quienes tengan parentesco por consanguinidad o...
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