REGLAMENTO DE LA LEY N 28681
REGLAMENTO DE LA LEY N° 28681, LEY QUE REGULA LA
COMERCIALIZACIÓN, CONSUMO Y PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- OBJETO
El presente Reglamento tiene como objeto regular la comercialización, consumo y
publicidad de bebidas alcohólicas de toda graduación, así como establecer las
obligaciones, infracciones y el procedimiento sancionadoren concordancia con las
disposiciones legales vigentes y los planes nacionales en ejecución: Plan nacional de
apoyo a la familia, plan nacional de la juventud y plan nacional de apoyo a la infancia y
adolescencia.
Artículo 2°.- ALCANCE
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento alcanza a todas las personas
naturales o jurídicas, públicas o privadas que fabriquen, importen,comercialicen,
distribuyan, suministren o consuman bebidas alcohólicas a nivel nacional.
Artículo 3°.- DEFINICIONES
Para efectos de la aplicación de la Ley N° 28681 y del presente Reglamento, se
establecen las siguientes definiciones:
1. Bebidas alcohólicas.- Abarca todos los productos o subproductos derivados de los
procesos de fermentación y destilación destinados a ser consumidos por vía oral;(cerveza, vino, destilados y otros), macerados, licores de fantasía.
2. Comercialización de bebidas alcohólicas.- Es el proceso que comprende el
suministro de las bebidas alcohólicas de toda graduación desde el productor al
consumidor final.
3. Comercio ilícito.- Es toda práctica o conducta prohibida por la ley, relativa a la
producción, envío, recepción, posesión, distribución, venta o compra,incluida toda
práctica o conducta destinada a facilitar esta actividad".
4. Consumo.- Es la etapa de la cadena alimentaria en la que el consumidor compra,
adquiere o ingiere cualquier bebida alcohólica de toda graduación.
5. Programa de Prevención.- Es el conjunto organizado y coordinado de
intervenciones, realizables en plazos de tiempo establecidos, en función de recursos
previamente determinados,que tiene como fin impedir el consumo de bebidas
alcohólicas en menores de edad y evitar su consumo excesivo en la población en
general.
6. Publicidad de bebidas alcohólicas.- Es toda forma de comunicación pública que
busca fomentar directa o indirectamente la adquisición y/o el consumo de bebidas
alcohólicas.
7. Rotulado (etiquetado).- Es cualquier material escrito, impreso o gráfico que
contienela etiqueta, acompaña al producto o se expone cerca del mismo, incluso el
que tiene por objeto fomentar su venta o colocación
.
8. Empaque.- Es el envase destinado a contener el o los envases primarios.
Entiéndase por envase primario el envase que se encuentra en contacto directo con el
producto.
9. Embalaje.- Es todo recipiente utilizado para facilitar la manipulación y proteger al
envasey/o el empaque, contra los daños físicos y agentes exteriores durante su
almacenamiento y transporte; estos recipientes se utilizan durante la distribución del
producto y normalmente no llegan al usuario. También se le denomina "envase
terciario".
10. Envase.- Es todo recipiente de material inocuo que contiene y está en contacto
directo con el producto, con la misión específica de protegerlo desu deterioro,
contaminación o adulteración y de facilitar su manipuleo durante el proceso de venta
como producto terminado. También se le denomina "envase primario".
11. Rótulo (etiqueta).- Es cualquier marbete, marca, imagen u otra materia descriptiva
o gráfica, que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, grabado en alto o bajo
relieve, o adherido al envase o empaque que contenga bebidasalcohólicas.
12. Venta ambulatoria.- Es la que se realiza por comerciantes que no tienen licencia
de apertura para establecimientos ni autorización municipal para vender en las ferias,
mercadillos o en vía publica.
TÍTULO SEGUNDO
DE LAS MODALIDADES Y HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS
Artículo 4°.- MODALIDADES DE VENTA O EXPENDIO
Los establecimientos abiertos al público que comercializan...
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