Reglamento de Laboratorios de INGENIER A CIVIL
FACULTAD DE INGENIERIA
ESCUELA DE INGENIERIA EN CIVIL
REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS
LABORATORIOS
Capítulo Primero: Del Propósito
Artículo 1:
El propósito de este reglamento es regular las actividades a desarrollarse
en los laboratorios de Ingeniería en CIVIL de la Universidad Latina de
Costa Rica, con motivos de la actividad práctico-científica en los mismos.
Así
comola
de
salvaguardar
la
integridad
física
de
personas,
instalaciones y equipos.
Artículo 2:
Se considerarán como autoridades competentes a efectos de este reglamento
la Gerencia Administrativa de la Universidad Latina, la Vicerrectoría
Académica, la Decanatura de Ingenierías, la Dirección de Carrera1 de la
carrera respectiva, usuaria de los servicios de laboratorio.
Capítulo Segundo:Disposiciones Generales
Artículo 1:
Toda
actividad
a
desarrollarse
en
los
laboratorios
deberá
estar
previamente programada y será supervisada por los docentes o asistentes
de
1
laboratorio
encargados
por
delegación
contractual.
Solo
con
Director y Subdirector únicamente.
1
autorización escrita emanada de Autoridad Universitaria competente
podrán realizarse actividades noprogramadas.
Artículo 2:
Toda actividad a desarrollarse en los laboratorios será programada dentro
de los horarios establecidos por la universidad: De Lunes a Sábado de
7:00am a 9:00pm y fuera de esos horarios es prohibida cualquier
actividad en los mismos, salvo autorización escrita previa de las
Autoridades Universitarias correspondientes.
Artículo 3:
El número máximo de estudiantes para cada sesión delaboratorio será el
que previamente acuerden las Autoridades Universitarias, según las
capacidades seguras de cada recinto de laboratorio, espacio, equipos
disponibles, seguridad del edificio y del campus como un todo.
Artículo 4:
No se podrán realizar en los laboratorios, otras prácticas o experimentos
más que los señalados en el programa del curso o aquellas emanadas de
una investigaciónformalmente formulada y aprobada por la Dirección
de la escuela correspondiente. Prácticas sustitutas o alternas se podrán
realizar solo si los equipos de la prueba indicada en el programa no se
encontraran en buen estado.
Artículo 5:
Nadie
puede
permanecer
dentro
del
laboratorio
en
ausencia
del
instructor o encargado. Así mismo, queda terminantemente prohibida la
permanencia
de
personasajenas
a
los
cursos
de
laboratorio
correspondientes.
2
Artículo 6:
Ningún equipo podrá salir de los laboratorios, excepto en circunstancias
especiales
o
cuando
sea
necesario
por
razones
de
reparación
o
mantenimiento, previa autorización escrita de autoridad competente.
Artículo 7:
La administración de los recursos de los laboratorios: Infraestructura,
materiales, equipos,herramientas e instrumentos es responsabilidad de
la Dirección de Carrera de la escuela respectiva, usuaria de los mismos,
la cual debe responder por el uso adecuado de los mismos a las
autoridades administrativas de la Universidad. Es potestad de la
mencionada
Dirección,
delegar
en
personal
a
su
cargo,
las
funciones de orden administrativo que considere oportunas.
Artículo 8:
El laboratorio esde uso exclusivo de los estudiantes de Ingeniería CIVIL,
que tengan cursos matriculados con laboratorio incluido, cualquier otro
estudiante que desee hacer uso del laboratorio deberá presentar el
permiso correspondiente firmado por la Dirección de la Escuela de
Ingeniería CIVIL o alguna de las Autoridades Universitarias vinculadas.
Capítulo Tercero: De la Seguridad
Artículo 1:
Cada estudiante,asistente de laboratorio, encargado de laboratorio o
profesor, deberá portar durante las sesiones de trabajo o experimento, los
implementos
de
protección
personal
que
ameriten
las
prácticas
a
desarrollar.
Artículo 2:
Es deber del instructor explicar al inicio de cada curso, las medidas de
seguridad en el laboratorio, el uso de extintores, salidas de emergencia,
respeto de zonas de...
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