Reglamento De Licores Verdsion Municippal
REGLAMENTO SOBRE LA REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO
EN EL CANTÓN DE SIQUIRRES
Considerando:
Que la Municipalidad de Siquirres, de conformidad con lo que establecen los artículos 169
y 170 de la Constitución Política, 4 inciso a) y 13 inciso d) del Código Municipal, procede
a emitir el Reglamento para el otorgamiento de Licencias Municipales requerido en el
transitorio II de la Ley Nº 9047 denominada “Ley para la Regulación y Comercialización
de Bebidas con Contenido Alcohólico”.
1º—Los artículos 169 de la Constitución Política y 3 del Código Municipal, establecen que
compete a la Administración Municipal velar por los intereses y servicios locales, concepto
en el cual se encuentra inmerso regular el adecuado funcionamiento de las actividades
comerciales y de consumo de bebidas con contenido alcohólico que se realizan en el
Cantón de Siquirres.
2º—De conformidad con lo establecido en los artículos 79, 80, 81, 82 y 83 del Código
Municipal, ley Nº 7176, es competencia de la Municipalidad establecer las políticas generales de las actividades económicas que se desarrollan en su cantón.
3º—Mediante el voto Nº 646997 de las dieciséis horas veinte minutos del ocho de octubre
de mil novecientos ochenta y siete, la Sala Constitucional estableció “que es materia
municipal todo lo que se refiere al otorgamiento de las licencias para el ejercicio del comercio en su más variada gama de actividades y su natural consecuencia que es percibir
el llamado impuesto de patente”.
4º—Para cumplir con las competencias otorgadas por la Constitución y la Ley en esta
materia, la Constitución Política, mediante su artículo 170, y el Código Municipal en su
artículo 4º, establecen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades, así como la potestad de dictar reglamentos autónomos de organización y
de servicio, y cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico.
5º—Que el transitorio II de la Ley Nº 9047 denominada: “Ley de Regulación y
Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, publicada en el Alcance Digital
Nº 109 del diario oficial La Gaceta de fecha 8 de agosto del 2012, dispone que las
municipalidades deben emitir y publicar el Reglamento de dicho cuerpo normativo en un
plazo de 3 meses.
Es así como se propone el siguiente proyecto de Reglamento para la solicitud de Licencias
Municipales que regulará la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro
del cantón de Siquirres:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Este reglamento tiene por objeto establecer pautas claras y precisas para la
autorización, control y fiscalización de las actividades comerciales asociadas a la
comercialización, expendio y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Cantón
de Siquirres.
Artículo 2º—El presente reglamento aplica para todas las personas físicas, jurídicas,
privadas, públicas, nacionales o extranjeras que comercialicen o expendan bebidas con
contenido alcohólico; así como para aquellos que las consuman sobre espacio público.
Artículo 3º—Para los efectos de aplicación de la presente normativa se adoptan las
siguientes definiciones:
Actividades masivas: Se trata de actividades que congreguen una cantidad estimada en
500 personas o más.
Actividades Turísticas temáticas: Son todas aquellas que por naturaleza recreativa o de
esparcimiento y que por estar relacionadas con el turismo, tengan como finalidad ofrecer al
turista una experiencia vivencial, incluyendo aquellas que lo ponen en contacto con
manifestaciones históricas, culturales, fincas agropecuarias demostrativas, áreas naturales
dedicadas a la ...
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