Reglamento de Métodos Alternos de Solución de Conflictos y Validación del Instituto de Justicia Alternativa
GOBIERNO DE JALISCO
PODER JUDICIAL
INSTITUTO DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE JALISCO
AC-IJA-01/12
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DEL INSTITUTO DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MÉTODOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y VALIDACIÓN.
CONSIDERANDO:
I. Que el Instituto de Justicia Alternativa del Estado, es unorganismo ubicado en el esquema del Poder Judicial como un órgano de apoyo del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, de carácter permanente, con autonomía, técnica y administrativa en cuanto al desempeño de sus funciones, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Constitución Política del Estado, en relación con el artículo 22de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco;
II. Que el órgano máximo de dirección del Instituto está conformado por su Consejo, integrado por dos representantes del Poder Ejecutivo, dos representantes del Poder Judicial, dos del Poder Legislativo y el Director General, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco;III. Que las atribuciones del Consejo son entre otras las de aprobar el Reglamento Interno del Instituto y los demás Reglamentos Institucionales de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 fracción IX de la Ley de Justicia Alternativa del Estado;
IV. Que con fecha 13 de Julio de 2011, se instaló el Consejo de este Instituto;
V. Que en el orden del día de la primera sesión ordinaria defecha 13 de enero de 2012, se somete a consideración del Consejo del Instituto, el Reglamento de Métodos Alternos de Solución de Conflictos y Validación, con la finalidad de aprobarlo, con el siguiente texto:
REGLAMENTO DE MÉTODOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE
CONFLICTOS Y VALIDACIÓN
CAPÍTULO I
DEL OBJETO Y SUS PRINCIPIOS
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto, garantizar a laspartes un procedimiento con estricta sujeción a los principios rectores de los medios alternos de solución de conflictos, así como su desarrollo y conducción, las actuaciones de los mediadores, conciliadores y árbitros, a quienes en lo sucesivo se les identificará como los prestadores de servicio, tanto en el ámbito público como en el privado, al ser éstos los operadores de los centros, los cualesde conformidad con la Ley de Justicia Alternativa, se constituyen como los auxiliares del Instituto en la solución de conflictos.
Artículo 2.- Tiene aplicación para el presente reglamento, los conceptos establecidos y definidos en el artículo 3 de la Ley de Justicia Alternativa del Estado.
Artículo 3.- Los prestadores de servicio deberán observar en el desarrollo de las actuaciones derivadasde los procedimientos de los métodos alternativos, los principios contenidos en el artículo 4 de la Ley, además de los siguientes principios:
a) Buena Fe y Veracidad: Que consiste en conducirse con absoluta disposición para alcanzar acuerdos apegados a la verdad y a la buena fe en cuanto a lo que se plantea y expresa.
b) Oralidad: La cual consiste en que los procedimientos de los métodosalternativos para la solución de conflictos se realizarán de manera oral y confidencial, por lo que no deberá dejarse constancia ni registro alguno de los comentarios y opiniones realizados por las partes ni por los prestadores de servicio; con excepción del acuerdo inicial del método alternativo seleccionado y su pacto de confidencialidad, así como del acuerdo o convenio final.
c) ConsentimientoInformado: Que consiste en la comprensión de las partes sobre los métodos alternos de solución de conflictos, las características de cada uno de los procedimientos, su alcance y consecuencias jurídicas.
d) Ética profesional: Que consiste en que la conducta de los prestadores de servicio sea apegada a los valores y principios aplicables a los métodos alternativos de solución de conflictos y...
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