Reglamento De Seguridad
ABOGADO ANTONIO GAGLIARDO VALAREZO
MINISTRO DE TRABAJO Y EMPLEO
Considerando:
Que es deber del Estado, a través de los órganos y entidades competentes, precautelar las condiciones de vida y de trabajo de la población;
Que la Organización Internacional del Trabajo en la reunión de la Conferencia General del Trabajo en Ginebra en 1988, aprobó la Recomendación 175 sobreSeguridad y Salud en la Construcción;
Que la Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones, aprobada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores puso en vigencia el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, mismo que determina que los Países Miembros deberán propiciar el mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo a fin de prevenir daños a laintegridad física y mental de los trabajadores que sean consecuencia, guarden relación o sobrevengan durante el trabajo.
Que es indispensable reglamentar las actividades de la construcción y obras públicas en orden a reducir los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que afectan a los trabajadores de esta importante rama de actividad económica;
Que en el suplemento delRegistro Oficial Nº 298, del 23 de junio del 2006, se publicó la Ley Reformatoria al Código del Trabajo, mediante la cual se regula la actividad de intermediación laboral y la de tercerización de servicios complementarios.
Que el Artículo 143 de la Ley de Seguridad Social, dispone que los trabajadores de la construcción, permanentes, temporales, ocasionales o a prueba, serán afiliados obligatoriamenteal Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y estarán protegidos por el Seguro General Obligatorio.
Que el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, en los artículos 18 a 20 establece que para el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre “seguridad en el proyecto” deberá existir coordinación entre el ComitéInterinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo y los Municipios de la República, con la debida información al Ministerio de Trabajo y Empleo.
Que mediante Acuerdo ministerial Nº 011, publicado en el Registro Oficial Nº 2533 del 09 de febrero de 1998, se promulgó el Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas.
Que el Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo, encumplimiento de lo establecido en el Art. 2, numeral 2, literal c) del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, aprobó en sesión ordinaria del 10 de octubre del 2007, el texto sustitutivo del “Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas”; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 539 del Código de Trabajo,Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el siguiente texto sustitutivo del "Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas":
“REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD PARA AL CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS”
TITULO PRIMERO
Glosario
CAPITULO I
Art. 1.- DEFINICIONES
Salud: se denomina así al completo estado de bienestar físico, mental y social. No únicamente la ausencia de enfermedad.Trabajo: es toda actividad humana que tiene como finalidad la producción de bienes y servicios.
Seguridad y salud en el trabajo (SST): es la ciencia y técnica multidisciplinaria, que se ocupa de la valoración de las condiciones de trabajo y la prevención de riesgos ocupacionales, en favor del bienestar físico, mental y social de los trabajadores (as) potenciando el crecimiento económico y laproductividad.
Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo: es el conjunto de elementos interrelacionados e interactivos que tienen por objeto establecer una política y objetivos de seguridad y salud en el trabajo y la forma de alcanzarlos.
Sistema de prevención de riesgos laborales: Se denomina así a la organización técnica dentro de la empresa u obra de construcción, responsable...
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