Reglamento de tránsito - Perú Lima 2015
La vía comprende la calzada, la acera, la berma, la cuneta, el estacionamiento, el separador central, el jardín y el equipamiento de servicios necesarios para su utilización.
Lasvías públicas se utilizan de conformidad con el presente Reglamento y la normas que rigen sobre la materia.
Artículo 2°.-
Los elementos integrantes de la vía pública, sean funcionales, de servicio ode ornato complementarios, son habilitados o autorizados por las respectivas Autoridades, según su competencia.
Artículo 3°.-
La clasificación y nomenclatura de las vías se encuentran establecidasen el Reglamento Nacional de Jerarquización Vial, al que se sujetarán las Autoridades competentes en sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 4°.-
El uso del derecho de vía para la instalación deelementos y dispositivos, norelacionados con el tránsito, se realiza de conformidad con las condiciones establecidas en el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura y en el presenteReglamento.
Artículo 5°.-
Las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de las vías, sencuentran establecidas en el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura, al que se sujetarán lasAutoridades competentes en sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 6.-
Para la apertura, modificación, clausura, interrupción u ocupación de la vía públiccon motivo de la ejecución de obras uotros fines, la Autoridad competente, ejercla autorización, coordinación y supervisión.
Artículo 7°.-
Solamente la Autoridad competente ordena el cierre temporal de vías o la colocación o el retiro dedispositivos de control del tránsito.
Artículo 8°.-
Para la realización de obras en la vía pública destinadas a su reconstrucción, mejoramiento, conservación o instalación de servicios, se debecontar con autorización previa de la Autoridad competente, debiendo colocarse antes del inicio de las obras los dispositivos de prevención correspondientes.
Artículo 9°.-
Durante la ejecución...
Regístrate para leer el documento completo.