Reglamento del mobiliario urbano
REGLAMENTO DE MOBILIARIO URBANO PARA EL DISTRITO FEDERAL
DEL MOBILIARIO URBANO
Artículo 16.- La Secretaría en la elaboración de las líneas programáticas públicas de mobiliario urbano,realizará los estudios previos, de factibilidad urbana, social, técnica y económica para la realización de los proyectos de mobiliario urbano, tomando en consideración lo señalado en los programas deDesarrollo Urbano.
Artículo 17.- Las propuestas de diseño, operación y distribución de mobiliario urbano deberán:
I. Responder a una necesidad real y ofrecer un servicio para el usuario delespacio público;
II. Cumplir antropométrica y ergonómicamente con la función buscada;
III. Considerar, en el diseño, las necesidades específicas de las personas con discapacidad;
IV. Cumplir con loslineamientos establecidos por la Secretaría, con relación a la calidad y seguridad para integrarse estética y armónicamente con el entorno urbano, y
V. Asegurar resistencia a cualquier tipo de impactoy permitir un fácil mantenimiento.
Artículo 18.- El mobiliario urbano comprende a todos aquellos elementos urbanos complementarios, ya sean fijos, permanentes, móviles o temporales, ubicados en víapública o en espacios públicos que sirven de apoyo a la infraestructura y al equipamiento urbano y que refuerzan la imagen de la ciudad.
Los elementos de mobiliario urbano se clasifican; según sufunción de la manera siguiente:
I. Para el descanso: bancas, para buses y sillas;
II. Para la comunicación: cabinas telefónicas y buzones de correo;
III. Para la información: columnas, carteleraspublicitarias con anuncios e información turística, social y cultural, unidades de soporte múltiple con nomenclatura, postes con nomenclatura y placas de nomenclatura;
IV. Para necesidadesfisiológicas: sanitarios públicos y bebedores;
V. Para comercios: quioscos para venta de periódicos, libros, revistas, dulces, flores y juegos de azar para la asistencia pública;
VI. Para la seguridad:...
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