reglamento interno poder judicial salta
Héroe de la Nación Argentina”
REGLAMENTO INTERNO DEL PODER JUDICIAL DE SALTA
ACORDADA Nº 5159
_______En la ciudad de Salta, a los 3 días del mes de octubre de mil novecientos setenta y nueve, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia, el señor Presidente
de la misma Doctor Adolfo Domingo Torino y los señores Ministros Doctores Antonio
José GómezAugier, Benjamín Pérez, José Ricardo Vidal Frías, José Juan Carlos Uriburu y Roberto Escudero, ___________________________________________________
______________________________DIJERON:______________________________
____Que se hace necesario recopilar y modificar las disposiciones vigentes sobre la
Reglamentación Interna de los Tribunales de la Provincia;________________________
____Porello,____________________________________________________________
____________________________ACORDARON:____________________________
Descanso Anual
ARTÍCULO 1°. El descanso anual de los Sres. Magistrados, Funcionarios y Empleados
del Poder Judicial, tendrá lugar durante la feria del mes de enero y en la que establezca
la Corte de Justicia en el invierno.__________________________________________
LicenciasLicencias Ordinarias
ARTÍCULO 2°.
Los agentes del Poder Judicial, tendrán derecho a las siguientes li-
cencias ordinarias, con goce de haberes:
a) Compensación de feria;
b) Matrimonio;
c) Maternidad;
d) Servicio Militar Obligatorio;
e) Enfermedad de Largo Tratamiento;
f) Exámenes.
ARTÍCULO 3°. Compensación de Feria
a) Los servicios prestados en periodos de feria podrán ser compensados
total oparcialmente con días de licencia a utilizar, de manera fraccionada o conjunta, en
las épocas del año que se establezcan, y dentro de un lapso determinado, transcurrido el
cual se extinguirá el derecho a licencia compensatoria. Por lo menos uno de los períodos
de licencia compensatoria deberá tener una duración no inferior a tres días hábiles continuados (Acordada 7925).
b) El agente que hubieseprestado servicios en feria podrá optar por solicitar el resarcimiento en dinero de hasta el cuarenta por ciento(40%) de los días trabajados en dicho período, que le serán abonados en forma proporcional a la remuneración
que perciba, y solicitar licencia por los días restantes (Acordada 9517).
c) Cuando el agente hubiese prestado servicios en días y horarios no establecidos en la Acordada que designaal personal a desempeñarse en la Feria, la cantidad de días que corresponde compensar será resuelta por la Presidencia de la Corte. No
tendrán derecho a compensación aquellos agentes que prestasen servicios en el período
de feria sin haber sido previamente designados para ello o convocados luego de comenzado dicho período(Acordada 7925).
d) A los fines de la determinación de la compensaciónpecuniaria de los
días trabajados en feria se dividirá la remuneración mensual por 22 (veintidós) y el resultado se multiplicará por los días hábiles que comprenda esta compensación.(Acordada 7925)
e) Lo dispuesto ... comenzará a aplicarse, en lo relativo a la compensación en dinero de días trabajados, a partir de la feria del mes de julio de 1997; rigiendo,
en lo demás, a partir del 1° de marzo de1997. (Acordada nº 7925)
(Acordada Nº 7634: “...1. ACORDAR derecho a licencia compensatoria, en los términos del art. 3º de la Acordada 5159, a los Magistrados que integran el Tribunal Electoral
de la Provincia, por los servicios que prestaren durante período de receso judicial o en
días inhábiles...”).
(Acordada Nº 7677: “... I. CONCEDER derecho a licencia compensatoria, en los
términos el art. 3º dela Acordada 5159, a los funcionarios letrados del Poder Judicial
afectados al Tribunal Electoral de la Provincia por los servicios que prestaren durante
período de receso judicial o en días inhábiles...”).
(Acordada 8352: “... I. CONCEDER derecho a licencia compensatoria, en los términos
del art. 3º de la Acordada 5159, a los funcionarios y personal del tramo profesional del
Poder Judicial,...
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