Reglamento Para La Autorizacion De Denominaciones Y Razones Sociales
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 14 de septiembre de 2012
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ECONOMIA
REGLAMENTO para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio
de lafacultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, con fundamento en los artículos 15, 16 y 16 A de la Ley de Inversión Extranjera, y 34 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO DE DENOMINACIONES Y RAZONES SOCIALES
Capítulo I
DisposicionesGenerales
Artículo 1.- El presente Reglamento establece las bases a que se sujetará la Autorización de uso de
Denominación o Razón Social, el Aviso de Uso, y el Aviso de Liberación, conforme a lo dispuesto por la Ley
de Inversión Extranjera.
Artículo 2.- Para efecto de este Reglamento, se entenderá por:
I.
Autorización: La resolución emitida por la Secretaría para facultar el uso de una Denominación oRazón Social;
II.
Aviso de Liberación: El aviso para manifestar que una Denominación o Razón Social ha dejado de
estar en uso;
III.
Aviso de Uso: El aviso para manifestar que ha iniciado el uso de una Denominación o Razón Social
autorizada en sus términos;
IV.
Denominación o Razón Social: Las palabras y caracteres que conforman el nombre de una Sociedad
o Asociación, que permitenindividualizarla y distinguirla de otras, sin considerar su régimen jurídico,
especie, ni modalidad;
V.
Fedatario Público Autorizado: El notario público o corredor público cuyo acceso al Sistema se
encuentra autorizado por la Secretaría, y que cuenta con su certificado digital de firma electrónica
avanzada vigente para llevar a cabo operaciones dentro del mismo. El corredor público antes
mencionado solo podráactuar como fedatario en la constitución y modificación de las sociedades
conforme a las leyes aplicables;
VI.
Ley: La Ley de Inversión Extranjera;
VII. Secretaría: La Secretaría de Economía;
VIII. Sistema: El programa informático establecido por la Secretaría para autorizar el uso de una
Denominación o Razón Social, así como dar los Avisos de Uso y Aviso de Liberación, cuyo servicio
estarádisponible al público a través del portal de Internet que establezca la Secretaría para tales
efectos, y
IX.
Sociedad o Asociación: Las sociedades mercantiles o civiles, las asociaciones civiles y las demás
personas jurídicas sujetas a los artículos 15, primer enunciado, 16, primer párrafo y 16 A de la Ley,
exceptuando aquéllas de carácter religioso, partidos políticos, sindicatos o instituciones deasistencia
privada.
Las definiciones antes señaladas tendrán el mismo significado independientemente de si se usan en
singular o plural.
Viernes 14 de septiembre de 2012
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(Primera Sección)
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Artículo 3.- Las Autorizaciones para el uso de la Denominación o Razón Social, el Aviso de Uso y el Aviso
de Liberación se harán a través del Sistema, conforme a la Ley y el presenteReglamento, salvo lo previsto en
los artículos 23, 25, 26 y 28 del presente Reglamento.
El procedimiento de Autorización se considera como parte de la apertura y operación de personas
morales, de conformidad con el artículo 69 C Bis de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, sujeto a
los principios de economía, celeridad, legalidad, publicidad, buena fe y equivalencia funcional.
Artículo 4.-La información generada, enviada, recibida o archivada en el Sistema, será considerada como
mensaje de datos, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Los medios de identificación y de manifestación de la voluntad de los usuarios del Sistema serán los
certificados digitales emitidos por la Secretaría o por el Servicio de Administración Tributaria, indistintamente,
así como la...
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