Reglamento Pisco Peruano
DENOMINACIÓN DE ORIGEN
PISCO
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ÍNDICE
TÍTULO I
Disposiciones generales
TÍTULO II
Del producto objeto de la Denominación de Origen Pisco
TÍTULO III
Autorizaciones de uso
TÍTULO IV
Del Consejo Regulador
Capítulo 1
Misión, Funciones y Competencia
Capítulo 2
De los Registros
Capítulo 3
De las acciones de verificación y controlCapítulo 4
Defensa y promoción
Capítulo 5
De las acciones por faltas al presente Reglamento y sanciones
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
ANEXOS
A. Referencias normativas
B. Figuras
C. Normas aplicables a la Denominación de Origen Pisco
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TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Base legal y definiciones
De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº072087-DIPI del 12 de
diciembre de 1990, el Decreto Supremo Nº 001-91-ICTI/IND del 16 de enero de 1991, y las
demás normas aplicables, el uso de la Denominación de Origen Pisco se reconoce,
reserva y autoriza para los productos que reúnan las características definidas en dichas
normas y el presente Reglamento, y cumplan con todos los requisitos exigidos en este
último y en la legislaciónaplicable.
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
1.1 Decisión 486: Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina –Régimen
Común sobre Propiedad Industrial, y sus modificatorias y sustitutorias.
1.2 Decreto Legislativo Nº 1075: Decreto Legislativo que establece disposiciones
Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que
establece el Régimen ComúnSobre Propiedad Industrial.
1.3 La Ley: Ley N° 28331 - Ley Marco de los Consejos Reguladores de
Denominaciones de Origen.
1.4 Resolución Directoral: Resolución Directoral Nº 072087-DIPI, emitida por la
Dirección de Propiedad Industrial del Instituto de Investigación Tecnológica
Industrial y de Normas Técnicas – ITINTEC, el 12 de diciembre de 1990.
1.5 Decreto Supremo: Decreto Supremo Nº001-91-ICTI-IND del 16 de enero de
1991.
1.6 NTP 211.001-2006 y/o Norma Técnica: Norma Técnica Peruana 211.001-2006 –
Bebidas Alcohólicas. Pisco. Requisitos.
1.7 Reglamento: El presente Reglamento de la Denominación de Origen Pisco.
1.8 Ley Nº28681: Ley que regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de
Bebidas Alcohólicas.
1.9 Decreto Supremo Nº 012-2009-S.A.: Reglamento de la Ley Nº 28681.1.10 Decreto Supremo Nº 023-2009-PRODUCE: Decreto Supremo que modifica el
Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2003-PRODUCE – Decreto Supremo que
constituye la Comisión Nacional del Pisco – CONAPISCO.
1.11 INDECOPI: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de
la Propiedad Intelectual.
1.12 DSD: Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI.
1.13 DO Pisco:Denominación de Origen Pisco.
1.14 Autorización de uso: Es la autorización que el órgano competente otorga
exclusivamente a las personas naturales o jurídicas, que se dediquen directamente
a la producción de los productos designados por la DO Pisco dentro de la zona
geográfica reconocida, según la declaración de protección; y que demuestren ante
dicha autoridad que su producto ha cumplido con lasdisposiciones y condiciones
estipuladas para el uso de la DO Pisco en la Resolución Directoral, el Decreto
Supremo, la NTP 211.001-2006 y las demás normas de la materia.
1.15 Asociación: Organización constituida como asociación civil sin fines de lucro
debidamente inscrita en el registro público respectivo y autorizada por la DSD para
funcionar como Consejo Regulador de la DO Pisco.
1.16 ConsejoRegulador: Consejo Regulador encargado de la administración de la DO
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Pisco, según lo establecido por la legislación vigente.
1.17 Circulares: Son los documentos mediante los cuales el Consejo Regulador, a
través de sus diferentes órganos de gobierno, se comunica con los productores
autorizados, autoridades, instituciones y público en general. Estas circulares en
ningún caso pueden...
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