Reglamento Tecnico Ecuatoriano Rte Inen 004 1 2011 1
Quito - Ecuador
REGLAMENTO TÉCNICO ECUATORIANO
SEÑALIZACIÓN
VERTICAL.
VIAL.
PARTE
RTE INEN 004-1:2011
Primera revisión
1.
SEÑALIZACIÓN
Primera Edición
TECHNICAL REGULATION ON ROAD SIGNS. PART 1. VERTICAL SIGNS.
First Edition
DESCRIPTORES: Tránsito, transporte terrestre, control, señales, señalización vertical, vías, calles, carreteras, autopistas,vehículos.
CO 08.02-901
CDU: 656.05
CIIU: 5000
ICS: 93.080.30
REPÚBLICA DEL
ECUADOR
INSTITUTO ECUATORIANO DE
NORMALIZACIÓN
No. 11-119
LA SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
DEL MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución Política de la República del
Ecuador, las personas tienenderecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos
con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características;
Que, el Protocolo de Adhesión de la República del Ecuador al Acuerdo por el que se establece la
Organización Mundial del Comercio – OMC, se publicó en el Suplemento del Registro Oficial No. 853
de 2 de enero de 1996.
Que, elAcuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio - AOTC de la OMC en su artículo 2 establece
las disposiciones sobre la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos por
instituciones del gobierno central y su notificación a los demás Miembros.
Que, se deben tomar en cuenta las Decisiones y Recomendaciones adoptadas por el Comité de
Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC.
Que, el AnexoIII del Acuerdo OTC establece el Código de Buena Conducta para la elaboración,
adopción y aplicación de normas.
Que, la Decisión 376 de 1995 de la Comisión de la Comunidad Andina creó “El Sistema Andino de
Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología”, modificada
por la Decisión 419 de 31 de Julio de 1997.
Que, la Decisión 562 de junio de 2003 de laComisión de la Comunidad Andina, establece las
“Directrices para la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos en los Países
Miembros de la Comunidad Andina y a nivel comunitario”.
Que, el Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca, a través del Consejo del Sistema
MNAC, mediante Resolución No. MNAC-0003 de 10 de Diciembre de 2002, publicada en el
Registro Oficial No. 739de 7 de Enero de 2003, establece los procedimientos para la elaboración,
adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos Ecuatorianos.
Que, mediante Ley No. 2007-76 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22
de febrero del 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene como objetivo
establecer el marco jurídico destinado a:
i) regular los principios,políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en ésta
materia; ii) garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la
protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la
protección del consumidorcontra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y,
iii) promover e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana.
Que, de conformidad con la Ley mencionada en el considerando anterior, el Ministerio de Industrias y
Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad;
Que, con Acuerdo MinisterialNo. 10 551 de 29 de diciembre de 2010, se delega a la Subsecretaría de
Industrias, Productividad e Innovación Tecnología del MIPRO todas las atribuciones, deberes y
obligaciones asignadas al Ministerio de Industrias y Productividad mediante Ley del Sistema
2011-781
2 de 215
REPÚBLICA DEL
ECUADOR
INSTITUTO ECUATORIANO DE
NORMALIZACIÓN
Ecuatoriano de la Calidad modificada por el Código...
Regístrate para leer el documento completo.