Reglamento udg personal academico
II.
Artículo 3. Serán funciones del personal académico de la Universidad de Guadalajara, en atención a la naturaleza de sus actividades, las siguientes: I. II. III. Dirigir, realizar o auxiliar actividades docentes en los niveles medio - superior y superior, en sus diferentesmodalidades; Dirigir, realizar o auxiliar investigaciones que coadyuven a conocer, caracterizar y solucionar problemas de carácter social, económico, científico, tecnológico y cultural en el área de influencia de la Universidad; y Dirigir, realizar o auxiliar actividades tendientes a difundir y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
Artículo 4. La docencia,investigación, actividades de extensión y labores conexas que realice el personal académico de la Universidad, se desarrollarán en las Facultades, Escuelas, Centros, Laboratorios, Institutos, Departamentos y demás dependencias universitarias, así como en los espacios en que el trabajo deba ejecutarse de acuerdo con los planes y programas institucionales. Artículo 5. El personal académico se clasifica enla siguiente forma: I. De conformidad al carácter de su adscripción, en: a) b) Titular; Asociado, y 1
c) II.
Asistente.
Por el tiempo que dediquen a la Universidad, en: a) b) De carrera, pudiendo ser de medio tiempo o de tiempo completo, y Por asignatura, para el caso de profesores que se dediquen fundamentalmente a la docencia.
III.
Por el tiempo que dure su adscripción a lainstitución, en: a) b) Definitivo, permanente o por tiempo indeterminado, y Por tiempo definido o determinado.
Artículo 6. Las categorías a que se refiere la fracción I del artículo anterior, se definen como sigue: I. II. III. Titular, quien tiene la capacidad de formar recursos humanos dentro de los programas académicos, guía o dirige actividades docentes, de investigación, de preservación yextensión de la cultura o éstas entre sí; Asociado, quien realiza actividades académicas de docencia, de investigación, de preservación y extensión de la cultura o de éstas entre sí, bajo la guía y supervisión del titular; y Asistente, quien auxilia en las labores de docencia, de investigación, de preservación y extensión de la cultura o de éstas entre sí.
Artículo 7. Para efectos de la fracción II...
Regístrate para leer el documento completo.