Reglamento

Páginas: 76 (18855 palabras) Publicado: 7 de enero de 2012
CARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I

REGLAMENTO DE FERIADOS, PERMISOS, LICENCIAS Y OTROS BENEFICIOS, Nº 9

DIRECTIVA COMPLEMENTARIA (Aprobada por O/G. Nº 1.389, de 30 de enero del 2001)

2001

–2–

REGLAMENTO DE FERIADOS, PERMISOS, LICENCIAS Y OTROS BENEFICIOS, Nº 9 Ministerio del Interior.- Nº 625.- Santiago, 2 de abril de 1964.- S.E. el Presidente de la Repúblicadecretó hoy lo que sigue: Vistos estos antecedentes y el Oficio Nº 2.516, de 30 de enero del año en curso, de la Dirección General de Carabineros, DECRETO: Apruébase el siguiente Reglamento Nº 9, de Feriados, Permisos, Licencias y otros beneficios de Carabineros: TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- El personal de Carabineros de Chile, se regirá en materia de feriados, licencias, permisos,traslados, permutas, viáticos, pasajes y fletes e indemnización para gastos de traslados, por disposiciones del presente Reglamento, pudiendo solicitar su otorgamiento al Supremo Gobierno, a la Dirección General o a sus respectivas Jefaturas, según corresponda. Artículo 2º.- En la Dirección del Personal de la Dirección General, se registrarán los feriados y licencias concedidos al personal de Jefes,Oficiales y Civiles de Nombramiento Supremo.1 Las anotaciones relativas al Personal a Contrata(*) se harán en el Libro de Vida por las Jefaturas respectivas. Para los efectos señalados en el inciso primero, las Reparticiones remitirán a la Dirección del Personal, en el plazo que indique la Pauta de Documentación, un estado de los feriados y permisos, con especificación de la fecha, causal, duración yJefatura que los otorgó.2

TÍTULO II FERIADOS Y PERMISOS Capítulo I De los feriados Artículo 3º.- El feriado legal es el descanso a que tienen derecho los miembros de la Institución, con el goce de todas sus remuneraciones y demás beneficios, en las condiciones que se indican: a) De quince días hábiles, para el personal con menos de quince años de servicios; b) De veinte días hábiles, para elpersonal con quince o más años de servicios y menos de veinte, y c) De veinticinco días hábiles, para el que tenga veinte o más años de servicios. Para los efectos de la contabilización del feriado, se considerará el día sábado como día no hábil. El personal que sea destinado a prestar servicios en el Departamento de Isla de Pascua, ya sea en carácter permanente o en comisión de servicios, gozará deun feriado anual de cuarenta días hábiles, el cual podrá acumularse hasta por cinco feriados consecutivos. Asimismo, el personal que desempeñe sus funciones en las Islas de Juan Fernández y Pascua, tendrá derecho a que su feriado se aumente en el tiempo que le demande el viaje de venida al continente y de regreso a sus labores. El personal que resida en las provincias de Tarapacá, Antofagasta,Chiloé, Aysén y Magallanes, tendrá derecho a gozar de su feriado aumentado en cinco días hábiles, siempre que se traslade a disfrutar de este beneficio a una provincia distinta de aquella en que se encuentra prestando servicios. Para el cómputo de los años señalados en las letras a), b) y c), servirá el tiempo de conscripción militar y el trabajado como dependiente en cualquier calidad jurídica, seacomo empleado particular, obrero, empleado público, semifiscal, municipal, etc.3 No obstante lo anterior, no se considerarán como computables los servicios remunerados sobre la base de un contrato a honorarios.4
3 Inciso sexto del artículo 3º reemplazado por el Nº 1) del D/S. Nº 230, de 15.V.1978, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros (B/O. Nº 2660-61597). Incisosséptimo y octavo intercalados por el Nº 2) del D/S. Nº 230, de 15.V.1978, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros (B/O. Nº 2660-61597).

1

Inciso primero del artículo 2º modificado por D/S. Nº 416, de 16.XII.1975 (B/O. Nº 2537-57187). (*) Actualmente se denomina Personal de Nombramiento Institucional. 2 Inciso final del artículo 2º modificado por D/S. Nº 416, de...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Reglamento
  • Reglamento
  • Reglamento
  • Reglamento
  • Reglamento
  • Reglamento
  • reglamento
  • ¿Qué es un reglamento?

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS