reglamento
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES, CERTIFICA: TENER A LA VISTA
EL LIBRO DE ACTAS DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO
NACIONAL DE BOSQUES, A CUYOS FOLIOS 1121 AL 1131 OBRA EL
ACTA NO. JD.13.2004, DE FECHA VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL CUATRO, LA QUE TRANSCRITA TEXTUALMENTE EN SU PARTE
CONDUCENTE DICE:
“ACTA No. JD.13.2004... QUINTO:APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE
TRANSPORTE DE PRODUCTOS FORESTALES: Después de una amplia
discusión, la Junta Directiva ACUERDA: ... VIII) Emitir la siguiente resolución
de Junta Directiva:
Resolución 01.13.2004
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES –INABREGLAMENTO DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS FORESTALES
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Legislativo 101-96, indica: Creación: se crea elInstituto
Nacional de Bosques, que podrá abreviarse INAB e indistintamente como el
Instituto, para designaciones en esta Ley con carácter de entidad estatal,
autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e
independencia administrativa; es el órgano de dirección y autoridad
competente del Sector Público Agrícola, en materia forestal;
CONSIDERANDO:
Que el decreto indicadoestablece que son atribuciones del Instituto Nacional
de Bosques, siendo las siguientes: h) elaborar los reglamentos específicos de
la institución y de las materias de su competencia y que el INAB tendrá a su
nivel superior, la estructura administrativa siguiente: a) la Junta Directiva y b)
la Gerencia;
CONSIDERANDO:
Que con la intención de dictar las medidas necesarias para determinar laprocedencia legal de los productos forestales y establecer la documentación
que respalde dicha procedencia dentro del territorio nacional para evitar
afectar la actividad forestal en Guatemala, que requiere de una imperiosa
solución sin perjudicar las metas y objetivos de la misma ley, y que esta Junta
Directiva emitió la Resolución 5.23.97 de fecha treinta de julio de mil
novecientos noventay siete; cuyo contenido debe ser actualizado para
ajustarse a la situación real que prevalece en el país en cuanto a las
condiciones de la procedencia legal del producto forestal;
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POR TANTO:
La Junta Directiva con base a lo anteriormente considerado y a lo
preceptuado en los artículos 1, 2, 5, 6, y 15 del Decreto Legislativo 101-96 Ley
Forestal y 5, 30, 135 y 154 de la ConstituciónPolítica de la República de
Guatemala;
ACUERDA:
PRIMERO: Aprobar el Reglamento para el Transporte y la Verificación de
Procedencia de los Productos Forestales, de conformidad con los artículos
siguientes.
Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento tiene como objeto regular los
Documentos de Transporte y la Verificación de Procedencia de los Productos
Forestales dentro del territorioNacional, con excepción de los productos
forestales que provienen de áreas protegidas los cuales están sujetos a las
disposiciones de la Ley de Áreas Protegidas y demás normas aplicables a las
mismas.
Artículo 2. Nota de Envío. Se establece como único documento para el
transporte y la verificación de procedencia de los productos forestales, la Nota
de Envío, la cual de acuerdo a la procedencia delos productos forestales se
dividen en:
a.
b.
Nota de Envío de Bosque: Documento que ampara los productos
forestales que provienen del lugar de aprovechamiento forestal;
Nota de Envío de Empresa: Documento que ampara los productos
forestales que provienen del lugar de transformación y/o
comercialización de productos forestales.
La Nota de Envío se emitirá en triplicado. El original dela Nota de Envío es el
único documento que ampara la procedencia de los productos forestales
autorizados por el INAB, durante el transporte y en el lugar de destino, el cual
deberá acompañar en todo momento al producto forestal. El duplicado y
triplicado de la Nota de Envío son de naturaleza administrativa y no es
obligatorio que acompañen al original y se utilizarán de la forma siguiente:...
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