Reglamentoaltoandinas051 2010
Productivas en Zonas Altoandinas
DECRETO SUPREMO Nº 051-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29482, Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades
Productivas en Zonas Altoandinas, se han establecido exoneraciones tributarias con la finalidad
de promover y fomentar el desarrollode actividades productivas y de servicios, que generen
valor agregado y uso de mano de obra en zonas altoandinas, para aliviar la pobreza;
Que, la Disposición Final Única de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo dictará las
normas reglamentarias correspondientes;
Que, en consecuencia, es necesario dictar las normas reglamentarias que permitan la
aplicación de la Ley Nº 29482;
En uso delas atribuciones conferidas por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución
Política del Perú y la Disposición Final Única de la Ley Nº 29482;
DECRETA:
Artículo 1.- Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 29482, Ley de Promoción para el
Desarrollo de Actividades Productivas en Zonas Altoandinas, el cual consta de nueve (9)
Artículos; cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales, unaDisposición Complementaria
Transitoria y dos (2) anexos; el mismo que forma parte integrante del presente Decreto
Supremo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. los
anexos a que se refiere el párrafo anterior serán publicados en el Portal Electrónico del
Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 2.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministrade Economía y
Finanzas y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil
diez
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29482, LEY DE PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EN ZONASALTOANDINAS
Artículo 1.- DEFINICIONES
Para efecto del presente Reglamento, se entiende por:
1. Ley: Ley Nº 29482 - Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades Productivas en
Zonas Altoandinas.
2. Zonas altoandinas: a las zonas comprendidas en el Anexo 1. No se encuentran
comprendidas las capitales de los departamentos, entendiendo por tales a los distritos donde
se encuentran ubicadas.
3.Unidades Productivas: Las personas naturales; las micro y pequeñas empresas inscritas
en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa - REMYPE de conformidad con el Decreto
Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de
la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al
Empleo Decente; las Cooperativas constituidas alamparo del Decreto Supremo Nº 074-90-TR;
y, las empresas comunales y multicomunales constituidas al amparo del Decreto Supremo Nº
045-93-AG, que se dediquen exclusivamente a las actividades productivas señaladas en el
artículo 5.
4. Empresas: Las demás personas jurídicas consideradas como tales para efecto del
Impuesto a la Renta, no incluidas en el numeral 3, generadoras de rentas de terceracategoría,
que se dediquen exclusivamente a las actividades productivas señaladas en el artículo 5, cuyas
ventas sean superiores al límite máximo establecido para las pequeñas empresas.
5. CIIU: Clasificación Internacional Industrial Uniforme de las Naciones Unidas -Revisión 3.
6. SUNAT: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
7. IGV: al Impuesto General a las Ventas y al Impuesto dePromoción Municipal.
Cuando se aluda a un artículo o anexo, sin remitirlo a norma alguna, se entenderá referido
al presente Reglamento y cuando se señale un numeral o inciso sin precisar el artículo o
numeral al que pertenece, se entenderá que corresponde al artículo o numeral en que se
menciona.
Artículo 2.- ALCANCES
Las exoneraciones tributarias establecidas en el artículo 3 de la Ley serán de...
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