Reglamentos
CAPITULO I
OBJETO DE LA NORMA, DEFINICIONES E
INSUMOS QUÍMICOS Y PRODUCTOS FISCALIZADOS
Artículo 1°.- Del objeto de la norma
El presente Reglamento contiene las normas y procedimientos para el control y fiscalización de los insumos químicos y productos fiscalizados que,directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a través de procesos de síntesis.
Artículo 2°.- Alcance del Reglamento
Las normas del presente reglamento son aplicables a las personas naturales y/o jurídicas que realizan actividades u operaciones de importación, exportación, producción,fabricación, preparación, envasado, reenvasado, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución, transformación, utilización o prestación de servicios con insumos químicos y productos fiscalizados.
Artículo 3º.- De la participación del Ministerio Público
La participación del Ministerio Público es obligatoria en todas las diligencias policiales vinculadas al otorgamiento, actualización,suspensión y cancelación del certificado de usuario; así como en las acciones de control, fiscalización e investigación que en cualquier caso desarrollen las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policía Nacional.
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Son competentes para participar en estas diligencias las Fiscalías Especializadas en Tráfico Ilícito de Drogas. En los casos de ausencia o ante la imposibilidad de la participación delFiscal Antidrogas, podrá el Fiscal Penal y/o Mixto de Turno o Adjunto participar en las diligencias a que se hace referencia en el presente articulo, a cuya culminación deberá remitir lo actuado al Fiscal Especializado en Tráfico Ilícito de Drogas.
Artículo 4.- Definiciones y siglas
Almacenamiento de IQPF.- Actividad de prestación de servicios a terceros de almacenaje de IQPF. No estáncomprendidos los usuarios que almacenan sus IQPF dentro de sus propias instalaciones declaradas.
Comiso Administrativo.- Sanción que impone la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas al declarar en abandono y otros los IQPF, previa resolución.
Comercialización de IQPF.- Es la actividad que consiste en la venta, transferencia o cualquier clase de transacción directa o indirecta de IQPF.Decomiso de IQPF.- Privación de carácter definitivo de la propiedad del IQPF, por decisión de autoridad judicial o de la autoridad policial competente.
Densidad.- Relación existente entre el Peso del IQPF y su Volumen.
DIRANDRO.- Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú.
Disolvente (Thiner).- Mezcla que contiene disolventes fiscalizados.
Distribución de IQPF.-Actividad mediante la cual se pone a disposición de un tercero los IQPF. Entrega.
Domicilio Legal.- Lugar declarado por el usuario en la obtención del Registro Único del Contribuyente.
Establecimiento.- Local en donde el usuario desarrolla sus actividades con IQPF.
Envasado.- Es la actividad mediante la cual los IQPF son introducidos dentro de un envase.
Excedentes de IQPF.- Es la cantidadde un IQPF que sobrepasa las previsiones de producción, importación o compra.
Exportación de IQPF.- Es la salida del país de IQPF hacia otro recinto aduanero a través de cualquier régimen u operación aduanera.
Fabricación o producción o preparación de IQPF.- Obtención de un IQPF mediante una o más reacciones químicas o la extracción, separación, o purificación de un producto natural, con osin ayuda de reacciones químicas.
Importación IQPF.- Es el ingreso de IQPF al país desde otros recintos aduaneros a través de cualquier régimen u operación aduanera.
Incautación.- Acción mediante la cual la policía pone bajo su custodia preventiva los IQPF que se encuentran sometidos a un proceso de investigación por tráfico ilícito de drogas o delitos conexos, siendo susceptibles de...
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