REGLAMENTOS
REGLAMENTO PARA EL PAGO DE REMUNERACIONES DE VOCALES DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO PARROQUIAL DE RUMIPAMBA, DEL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA
DE ORELLANA.
CONSIDERANDO:
Que: la Constitución de la República del Ecuador vigente en su art 229, establece que: serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o cualquier título trabajen, preste susservicios o ejerzan sus cargos, función o dignidad dentro del sector público.
QUE: El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización:
- En los Art. 5 y 6 establece y garantiza que los gobiernos autónomos descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera, en concordancia con lo que establece el artículo 238 inciso primero de la Constitución de laRepública del Ecuador.
- En el Art. 8, faculta en sus respectivas circunscripciones territoriales y en el ámbito de sus competencias y de las que les fueren delegadas los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales, tienen la capacidad de dictar acuerdos y resoluciones, en concordancia con el artículo 67 literal a) y 323 del mismo cuerpo legal.
- En el Art. 358 del Código Orgánico deOrganización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece como derecho de los vocales de los gobiernos parroquiales rurales la remuneración mensual, que se fije en acto normativo por las funciones legislativas y de fiscalización que realizan en beneficio de la parroquia, y entre ellas la asistencia a las sesiones ordinarias y extraordinarias del gobierno parroquial, cuyo porcentaje está enfunción de la remuneración mensual que perciba el ejecutivo parroquial, este porcentaje no podrá ser superior al treinta y cinco por ciento (35).
QUE: El Art. 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título, trabajen, presten servicios, o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro delsector público.
QUE: De conformidad con los Arts. 97 y 98 en concordancia con el numeral 2 del Art. 3 de la Ley
Orgánica del Servicio Público, los servidores y servidoras públicos tienen derecho a percibir los beneficios de ley correspondientes al décimo tercero y décimo cuarto sueldo en cada año en las fechas establecidas para el efecto.
QUE: De conformidad con el Art. 99 en concordanciacon el numeral 2 del Art. 3 y el Art. 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, los servidores y servidoras públicos tienen derecho a recibir anualmente y a partir del segundo año por conceptos de fondo de reserva una remuneración anual unificada del servidor, equivalente a la que perciba conforme a las normas pertinentes que regulan la seguridad social, y, En uso de las atribuciones legales que leconfieren los Art. 8 y 67 literal a) 323 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, y en pleno goce del derecho de autonomía establecido en La Constitución de la República del Ecuador y la ley que regula las acciones que cumplen los gobiernos autónomos descentralizados.
RESUELVE
EXPEDIR LA SIGUIENTE RESOLUCION QUE REGLAMENTA:
EL PAGO DE LASREMUNERACIONES DIETAS Y MÁS BENEFICIOS DE LEY A LAS VOCALES/AS DE LA JUNTA PARROQUIAL DE RUMIPAMBA
Art. 1.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Rumipamba, realizará las sesiones establecidas en el Art. 316 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).
Art. 2.- Sesión inaugural.- La sesión inaugural se realizará de conformidad con loestablecido en la Ley de Elecciones, en concordancia con lo establecido en el párrafo primero del artículo 317 de la COOTAD, en esta se darán lectura a los documentos que acreditan la calidad de autoridades de elección popular.
Una vez verificadas las acreditaciones correspondientes, el ejecutivo declarará constituido, y se procederá a la posesión de los miembros de las juntas parroquiales en el...
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